Subvenciones a entidades de iniciativa social del área de personas con discapacidad para el año 2023.
Código de ayuda:
S18228/23Norma:
ORDEN FORAL 94E/2023, de 24 de febrero.Plazo de Solicitud:
Modalidad Fomento Asociacionismo: Hasta el 13 de abril de 2023. Modalidad Programas: Hasta el 21 de abril de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social del área de personas con discapacidad, fomentando el asociacionismo en las entidades sin ánimo de lucro y potenciando el desarrollo de programas destinados a la promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia de las personas con discapacidad, para el ejercicio 2023.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Discapacidad / Personas con discapacidad
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Consejería de Derechos Sociales (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades de iniciativa social que, careciendo de ánimo de lucro y estando domiciliadas en la Comunidad Foral de Navarra, intervengan exclusivamente en el área de personas con discapacidad, fomentando el asociacionismo en las entidades sin ánimo de lucro y potenciando el desarrollo de programas destinados a la promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia de las personas con discapacidad y sus familias.Se entenderá por entidades, a efectos de esta orden foral:
a) Las entidades de personas con discapacidad: entidades cuyo fin específico, según sus estatutos, sea trabajar en el área de personas con discapacidad y/o sus familias.
b) Las federaciones: unión de entidades de personas y/o sus familias con discapacidad federadas
o unidas mediante similar figura jurídica.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) “Fomento del asociacionismo”.b) “Desarrollo de Programas”.
Requisitos:
a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente.b) Tener su domicilio social en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, o contar con Delegación permanente en este territorio. En este último supuesto, la antigüedad mínima será de 3 años en la Comunidad Foral de Navarra y habrán de contar con estructura y organización suficientes que les
permita tomar decisiones y gestionar autónomamente los proyectos presentados a esta convocatoria.
c) Carecer de fines de lucro.
d) Tener como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades
relacionadas y dirigidas a personas con discapacidad y/o sus familias.
e) Contar con financiación procedente de fondos propios y/o de otras subvenciones públicas o privadas.
f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad
Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad
Foral de Navarra o sus organismos autónomos, o en su caso haber llegado a un acuerdo con las citadas
entidades para el pago aplazado o fraccionado.
g) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
24/03/2023
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 60
Documento: Bases y Convocatoria 2023 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 60
Documento: Bases y Convocatoria 2023 Descargar Documento