Ayudas a entidades de iniciativa social del área de personas con discapacidad para el año 2022.

Código de ayuda:

S19500/22

Norma:

ORDEN FORAL 70E/2022, de 2 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Modalidad Fomento Asociacionismo: Hasta el 20 de abril de 2022. Modalidad Programas: Hasta el 02 de mayo de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social del área de personas con discapacidad, fomentando el asociacionismo en las entidades sin ánimo de lucro y potenciando el desarrollo de programas destinados a la promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia de las personas con discapacidad, para el ejercicio 2022.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Derechos Sociales (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades de personas con discapacidad: entidades cuyo fin específico, según sus estatutos, sea trabajar en el área de personas con discapacidad y/o sus familias.

b) Las federaciones: unión de entidades de personas y/o sus familias con discapacidad federadas o unidas mediante similar figura jurídica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) “Fomento del asociacionismo”.

b) “Desarrollo de Programas”.

Requisitos:

a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente.

b) Tener su domicilio social en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, o contar con Delegación permanente en este territorio. En este último supuesto, la antigüedad mínima será de 3 años en la Comunidad Foral de Navarra y habrán de contar con estructura y organización suficientes que les permita tomar decisiones y gestionar autónomamente los proyectos presentados a esta convocatoria.

c) Carecer de fines de lucro.

d) Tener como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas a personas con discapacidad y/o sus familias.

e) Contar con financiación procedente de fondos propios y/o de otras subvenciones públicas o privadas.

f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos, o en su caso haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.

g) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de
beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 65
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 31/03/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 65
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento