Subvenciones a entidades de iniciativa social del área de personas con discapacidad.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S12355/17

Norma:

ORDEN FORAL 12E/2017, de 3 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de abril de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social del área de personas con discapacidad, potenciando el desarrollo de programas destinados a la promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia de las personas con discapacidad y fomentar el asociacionismo en las entidades sin ánimo de lucro que los desarrollan, para el ejercicio 2017.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Derechos Sociales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según programa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que, careciendo de ánimo de lucro y estando domiciliadas en la Comunidad Foral de Navarra, intervengan exclusivamente en el área de personas con discapacidad y sus familias, potenciando el desarrollo de programas destinados a la promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia de las personas con discapacidad y fomentar el asociacionismo en el ámbito de servicios sociales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) “Fomento del asociacionismo”.

b) “Desarrollo de Programas”.

Requisitos:

a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente.

b) Tener su domicilio social en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, o contar con Delegación permanente en este territorio. En este último supuesto, la antigüedad minima será de 3 años en la Comunidad Foral de Navarra y habrán de contar con estructura y organización suficientes que les permita tomar decisiones y gestionar autónomamente los proyectos presentados a esta convocatoria.

c) Carecer de fines de lucro.

d) Tener como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas a personas con discapacidad y/o sus familias.

e) Contar con financiación procedente de fondos propios y/o de otras subvenciones públicas o privadas.

f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos, o en su caso haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.

g) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 27/03/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 60
Documento: Bases Reguladoras 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/03/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 60
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento