Subvenciones a entidades asturianas o españolas sin ánimo de lucro para la realización de programas de socialización a personas emigrantes mayores asturianas.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S33182/14

Norma:

Resolución de 20 de junio de 2014. Resolución de 8 de julio de 2014. Resolución de 17 de febrero de 2015. Resolución de 3 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/04/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones, mediante convocatoria pública y en régimen de concurrencia competitiva, a las entidades asturianas o españolas sin ánimo de lucro para la realización de programas de socialización a personas emigrantes mayores asturianas, residentes fuera de España.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de la Presidencia (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El límite máximo que se podrá conceder a una de las entidades beneficiarias será de ocho mil euros (8.000,00 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones, Fundaciones u Organizaciones sin ánimo de lucro, asturianas o españolas, que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de programas de socialización a personas emigrantes mayores asturianas.

Requisitos:

a) Que entre su objeto social esté expresamente contemplado la labor social de protección, ayuda, auxilio, asistencia al colectivo de personas mayores emigrantes, que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad en el país donde tengan su sede. Se consideran personas mayores las que tengan una edad superior a 65 años, así como los pensionistas mayores de 60 años y los pensionistas mayores de 50 años con incapacidad física o psíquica cuyas circunstancias familiares o sociales aconsejen la participación en un programa de socialización.

b) Que tengan su sede central en Asturias o en España y que una de sus sedes o dependencias se encuentren
ubicadas en un Estado miembro de la Unión Europea.

Documentos asociados

Boletín: 03/07/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 153
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 18/07/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 166
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 26/02/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 47
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 20/03/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 66
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento