Subvenciones a empresas y autónomos del sector del ocio nocturno de Cantabria.

Código de ayuda:

S49982/21

Norma:

Decreto 80/2021, de 30 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de octubre de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 30.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión directa de subvenciones destinadas a paliar el impacto económico producido en el sector del ocio nocturno como consecuencia de la permanencia de las limitaciones impuestas para contener la pandemia originada por la COVID-19.

Categorías Subvención

  • Otras
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejo de Gobierno (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención será de 30.000 € por entidad o persona física solicitante, con independencia del número de locales de ocio nocturno de los que sea titular.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas y autonomos del sector del ocio nocturno que cumplan los requisitos.

Requisitos:

Las personas solicitantes de las subvenciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Desarrollar en Cantabria la actividad económica de salas de baile y discotecas y tener el domicilio fi scal en esta Comunidad Autónoma a la entrada en vigor de este Decreto.

b) Disponer de alta en el IAE, a la entrada en vigor de este Decreto, con un epígrafe 969.1: salas de baile y discotecas.

c) Estar inscritas en el Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria.

d) Estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Cántabra de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social.

No podrán obtener la condición de personas benefi ciarias los solicitantes que incurran en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12, apartado 2, de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 30/09/2021
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 79
Documento: Bases Reguladoras 2021 y Convocatoria Descargar Documento