Subvenciones a empresas y autónomos del sector de los cafés-teatro de Cantabria.

Código de ayuda:

S27664/22

Norma:

Decreto 39/2022, de 28 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de mayo de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 30.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión directa de subvenciones destinadas a paliar el impacto económico producido en el sector de los cafés-teatro como consecuencia de las limitaciones de apertura que fueron impuestas para contener la pandemia originada por la COVID-19.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejo de Gobierno (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención será de 30.000 € por entidad o persona física solicitante, con independencia del número de locales de café-teatro de los que sea titular.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas y autónomos, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan en Cantabria la actividad económica a que se refiere el apartado anterior, tengan su domicilio fiscal en esta comunidad autónoma y cumplan los demás requisitos.

Requisitos:

Las personas solicitantes de las subvenciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Desarrollar en Cantabria la actividad de café-teatro y tener el domicilio fiscal en esta Comunidad Autónoma a la entrada en vigor de este Decreto.

b) Disponer de licencia municipal de actividad y/o apertura para café teatro con anterioridad al 30 de septiembre de 2021.

c) Estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Cántabra de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social.

No podrán obtener la condición de personas beneficiarias los solicitantes que incurran en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12, apartado 2, de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 04/05/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 85
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento