Subvenciones a empresas turísticas de La Rioja.

Código de ayuda:

S27064/20

Norma:

Orden DEA/30/2020, de 4 de junio. Resolución 473/2020, de 24 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de julio de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 40.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta Orden tiene por objeto establecer la convocatoria para la solicitud, tramitación y concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las empresas turísticas.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de subvención que puede percibir cada beneficiario por el conjunto de acciones solicitadas no puede exceder de 9.000 euros en actividades ni de 40.000 euros en inversiones. En el caso de superar este importe se reducirá, en su caso, el de la ayuda obtenida en la línea donde hubiera mayor déficit en relación al crédito destinado a la misma o, de no haberlo en ninguna línea, la que tuviera mayor número de solicitantes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Podrán acogerse a las ayudas que se regulan en esta Orden los titulares de las empresas y autónomos que presten servicios turísticos y estén inscritos en el Registro de Proveedores de Servicios Turísticos de La Rioja, salvo los que ejercen la actividad de alojamiento a través de viviendas de uso turístico.

2. Asimismo, podrán ser beneficiarios los titulares de empresas que ejerzan actividades relacionadas con el turismo gastronómico y el enoturismo, por las acciones específicas en esta área de actividad de entre las generales de la empresa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Acciones subvencionables en actividades:

1. Acción 1. Acciones promocionales.

a) Objeto: acciones de diseño de servicios, productos y planificación de marketing, elaboración de materiales y acciones promocionales online y off line de las empresas.

b) Porcentajes y cuantías: hasta el 80% de los costes de los gastos soportados por la empresa y hasta un máximo de 6.000 euros por beneficiario.

c) Criterios de valoración, hasta 80 puntos:

- Tipo de actuación: Acciones de promoción on y offline, 55 puntos; materiales y promoción on line off line, 35 puntos; rediseño de productos y servicios y planes de marketing, 25 puntos.

- Presupuesto de la actuación: hasta 12.000 euros, 25 puntos; más de 12.000 euros, 15 puntos.

2. Acción 2. Acciones de implantación de sistemas de calidad y sostenibilidad.

a) Objeto: la realización de programas de implantación de sistemas de calidad y sostenibilidad que conduzcan a la obtención de certificados, marcas o sellos, así como los programas de seguimiento y renovación de la certificación correspondiente.

b) Porcentajes y cuantías: hasta el 80% de los gastos soportados por la empresa y hasta un máximo de 3.000 euros por beneficiario.

c) Criterios de valoración, hasta 80 puntos:

- Tipo de actuación: programas de implantación 55 puntos; seguimiento de los programas, 40 puntos.

- Presupuesto de la actuación: hasta 12.000 euros, 25 puntos; más de 12.000 euros, 20 puntos.

3. Acción 3. Acciones formativas.

a) Objeto: Organización y/o participación en cursos de formación destinados al personal de la empresa.

b) Porcentajes y cuantías: hasta el 80% de los gastos soportados por la empresa hasta un máximo de 3.000 euros por beneficiario.

c) Criterios de valoración, hasta 80 puntos:

- Contenido de la formación: formación en productos turísticos específicos, 50 puntos; formación en digitalización, 40 puntos; otros contenidos formativos, 30 puntos.

- Método de formación: presencial, 30 puntos; e-learning o semipresencial, 20 puntos.

4. Acción 4. Adquisición de materiales de prevención contra el COVID-19.

a) Objeto: la adquisición de materiales de prevención contra el COVID-19 que no tenga el carácter de inversión.

b) Porcentajes y cuantías: hasta el 80% de los gastos soportados por la empresa hasta un máximo de 2.000 euros por beneficiario.

c) Criterios de valoración, hasta 80 puntos:

Obligatoriedad: medidas obligatorias, 60 puntos; voluntarias/complementarias, 50 puntos.

Tipo de material: EPIs, 20 puntos; otros, 10 puntos.

Acciones subvencionables en inversiones:

1. Acción 1. Acciones en materia de accesibilidad.

a) Objeto: las obras y/ o equipamiento para eliminar barreras arquitectónicas y mejorar la accesibilidad de los establecimientos turísticos ubicados en La Rioja.

b) Porcentaje y cuantías: hasta el 40% de los gastos soportados por la empresa hasta 30.000 euros.

c) Criterios de valoración, hasta 40 puntos:

- Tipo de actuación: obras de accesibilidad, 30 puntos; mobiliario y equipamiento, 20 puntos.

- Presupuesto: presupuesto inferior a 50.000 euros, 10 puntos; presupuesto igual o superior a 50.000 euros, 5 puntos.

2. Acción 2. Acciones de ampliación y mejora de la categoría.

a) Objeto: las obras y/o equipamiento que tengan por finalidad el incremento de la categoría del establecimiento ubicado en La Rioja o el aumento del número de plazas.

b) Porcentaje y cuantías: 40% de los gastos soportados por la empresa hasta 30.000 euros.

c) Criterios de valoración, hasta 40 puntos:

- Tipo de actuación: obras de mejora de la categoría, 30 puntos; obras de ampliación de plazas, 20 puntos.

- Presupuesto: presupuesto inferior a 50.000 euros, 10 puntos; presupuesto igual o superior a 50.000 euros, 5 puntos.

3. Acción 3. Inversiones en mobiliario y equipamientos.

a) Objeto: adquisición de mobiliario y equipamientos, incluido el tecnológico, no comprendido en las acciones anteriores que tengan como finalidad la mejora del servicio al turista por parte de los establecimientos y empresas se servicios turísticos.

b) Porcentaje y cuantías: hasta 50% de los gastos de adquisición hasta 9.000 euros.

c) Criterios de valoración, hasta 50 puntos:

- Tipo de actuación: adquisición de equipamiento, incluido el equipamiento tecnológico, 30 puntos; adquisición de mobiliario 25 puntos.

- Presupuesto: presupuesto inferior a 10.000 euros, 20 puntos; presupuesto igual o superior a 10.000 euros, 15 puntos.

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