Subvenciones a empresas que faciliten la inserción sociolaboral de mujeres maltratadas.

Código de ayuda:

S04964/03

Norma:

Orden FAM/1472/2003, de 12 noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/10/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El desarrollo del "Plan Dike": facilitar la inserción sociolaboral de mujeres maltratadas.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La contratación de cada mujer se subvencionará con una cuantía de 3.607 euros, cuando el contrato sea a tiempo completo.
Si el contrato es a tiempo parcial, la cuantía de la subvención será proporcional a la duración real de la jornada de trabajo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas que oferten puestos de trabajo en Castilla y León y contraten a mujeres que sufran o hayan sufrido malos tratos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación temporal, por un período mínimo de seis meses, de mujeres residentes en Castilla y León que sufran o hayan sufrido una situación de malos tratos.

Requisitos:

a) Comprometerse a reservar uno o varios puestos de trabajo en su centro o centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Castilla y León, durante el año 2004, para las mujeres que sufren o han sufrido malos tratos.
b) Comprometerse a fo rmalizar el contrato de una duración mínima de 6 meses en un plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de la comunicación, por parte de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, de la mujer seleccionada.
c) No haber sido sancionada o condenada por conductas que atenten contra la intimidad y consideración debida a la dignidad de las/os trabajadoras/es, discriminatorias o por acoso sexual. En el supuesto de que se inicie un procedimiento sancionador o un proceso penal contra la
empresa solicitante por las conductas descritas anteriormente se interrumpirá el procedimiento de concesión de subvención hasta que se
resuelvan los citados procesos.

Documentos asociados

Boletín: 19/11/2003
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 225
Documento: Programa / Plan Descargar Documento
Boletín: 19/11/2003
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 225
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/09/2004
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 180
Documento: Modificación Descargar Documento