Subvenciones a empresas que desarrollen su actividad en Andalucía, para la realización de acciones positivas a favor de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres.
Código de ayuda:
S06891/06Norma:
ORDEN de 27 de enero de 2006. RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2006.Plazo de Solicitud:
Se establecerá en cada convocatoria. Para 2006, hasta el 10 de abril de 2006.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar la concesión de subvenciones en el ejercicio de 2006, por el procedimiento de concurrencia competitiva, para empresas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la realización de acciones positivas a favor de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres.Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería para la Igualdad y Bienestar Social (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas, ya sean sus titulares personas físicas o jurídicas, de carácter público o privado que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que tengan previsto desarrollar o están ejecutando proyectos que incluyan acciones positivas a favor de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La financiación del desarrollo de acciones positivas a favor de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres, pudiéndose conceder las mismas para:a) Estudios cuyo objetivo sea analizar la viabilidad de llevar a cabo una reorganización del trabajo que facilite la conciliación entre vida familiar y laboral de hombres y mujeres de la empresa.
b) Gastos derivados de guardería infantil, atención de personas mayores, personas enfermas y/o discapacitadas, siempre que los conceptos a subvencionar no están financiados en el Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas.
c) Asistencia técnica para la implantación de sistemas de gestión de recursos humanos con una perspectiva de género que garantice la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en aspectos como la selección, formación, valoración de los puestos de trabajo y política retributiva y/o de promoción profesional.
d) Gastos derivados de la implantación de nuevos sistemas de organización del trabajo que promuevan el acceso, permanencia y promoción de las mujeres, así como que faciliten la conciliación entre la vida familiar y laboral de mujeres y hombres en la empresa.
e) Gastos derivados de la realización de acciones dirigidas a garantizar un clima laboral libre de acoso sexual.
f) Cualquier otro gasto cuya finalidad sea combatir la segregación horizontal y vertical, así como facilitar la conciliación de la vida laboral y personal.
Documentos asociados
Boletín:
15/02/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 31
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
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Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
Boletín:
09/03/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 46
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
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