Subvenciones a empresas privadas para la mejora de la infraestructura hotelera.

Código de ayuda:

S01255/04

Norma:

Orden de 30 de diciembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/02/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La mejora de la infraestructura hotelera que por su conceptuación como actividad turística se considera fundamental.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Empleo
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Podrá alcanzar hasta el 30% sobre la inversión subvencionable cuando ésta tenga por objeto acciones que permitan la conversión de los establecimientos hoteleros de categoría inferior en establecimientos hoteleros del grupo 1 (hoteles) y del 20% en el caso de las acciones encaminadas a la modernización de las instalaciones existentes, a la adaptación de hoteles y a la implantación de sistemas de calidad.
A dicha cantidad se le añadirá 6.000 euros por puesto de trabajo a crear con carácter indefinido y que supere el porcentaje mínimo de contratación estable que, para ser beneficiario de subvención, se exige en esta orden.
El porcentaje máximo de ayuda no podrá superar, en ningún caso, el 40% de la inversión subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas titulares de establecimientos hoteleros, en cualquiera de las formas de posesión que determina el código civil, siempre y cuando desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma
de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las siguientes inversiones:
* Las acciones que permitan la conversión de los establecimientos hoteleros de categoría inferior en establecimientos hoteleros del grupo 1 (hoteles).
* Las acciones encaminadas a la modernización de las instalaciones existentes en los establecimientos hoteleros que estén clasificados dentro de los grupos de hoteles.
* Las acciones en las infraestructuras encaminadas a la adaptación de hoteles, aperturados con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 267/1999, de 30 de septiembre, por el que se establece la ordenación
de los establecimientos hoteleros.
* Las acciones encaminadas a la implantación de sistemas de calidad específicos para empresas hoteleras que conduzcan a la obtención de la correspondiente certificación de aseguramiento de calidad.

Se considera inversión subvencionable la ejecución material de las obras que se acometan dentro del objeto de esta orden, así como los honorarios técnicos.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 16/01/2004
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 10
Documento: Convocatoria Descargar Documento