Subvenciones a empresas privadas para fomentar el uso social de la lengua gallega.

Código de ayuda:

S06791/03

Norma:

Orden de 9 de diciembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/02/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar el uso social de la lengua gallega, a través de la creación o mantenimiento de un gabinete lingüístico; la rotulación, etiquetaje y embalaje industrial; la confección de documentación creativa y permanente; la organización de campañas publicitarias y la elaboración de portales y páginas web.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Empleo
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Universidad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía no podrá superar la cantidad de 2.025 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Empresas privadas que estén legalmente constituidas y promuevan el empleo de la lengua gallega en el ámbito económico y mercantil.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Creación o mantenimiento de gabinetes lingüísticos o la contratación de asesores lingüísticos en las empresas, con funciones de asesoramiento, formación, etc., priorizándose las propuestas que tengan un carácter de permanencia y las que incluyan la contratación de licenciados en filología gallego portuguesa o equivalente. Con la solicitud deberá presentarse un proyecto con las funciones que va a realizar dentro de la empresa y el perfil de la persona o personas que se encargarán del gabinete, acreditando su competencia en lengua gallega.
b) Confección de documentación permanente: el objeto de las subvenciones es la elaboración de documentación permanente de la entidad, como papelería, manuales o reglamentos internos, programas informáticos para la gestión realizados íntegramente en gallego, memorias, catálogos, etc., y preferentemente las actividades que se deriven de la creación y desarrollo de la imagen corporativa.
c) Rotulación permanente, etiquetaje y embalaje industrial: engloba la rotulación permanente, exterior, interior o de los dos tipos, de los establecimientos o vehículos, y el etiquetaje y embalaje industrial. Las ayudas van destinadas a las empresas que realicen estas acciones en cualquiera de los procesos de fabricación, producción y/o comercialización de sus productos, preferentemente en los siguientes ámbitos: empresas de productos de "línea blanca", audiovisuales, comunicaciones y telecomunicaciones, cadenas de establecimientos de alimentación, hogar, perfumería y droguería, lecheras y derivados de la leche, bodegas, grupos inmobiliarios, etc.
d) Realización de campañas publicitarias: se refiere a la publicidad de la empresa en cualquier soporte o medio. Se priorizarán aquellos proyectos de mayor complejidad en los que se incluyan actividades de dinamización sociolingüística (concursos, premios, certámenes, etc.), con una componente escrita significativa, que fomenten el uso de la lengua gallega y estén íntegramente realizadas en esta lengua.
e) Elaboración de portales y páginas web: en este caso habrá de presentarse una estimación y valoración del número de conexiones que se prevén. Si se trata de una página en varios idiomas la lengua gallega deberá tener carácter preferente.

Requisitos:

- Los textos de los proyectos propuestos deberán estar redactados íntegramente en gallego según lo dispuesto en la legislación vigente, y no podrán coincidir literalmente con otra lengua.
- Las propuestas enviadas deberán tener una inversión mínima de 3.600 euros, con las siguientes matizaciones: las solicitudes que se valoren como gabinetes lingüísticos deberán alcanzar 9.000 euros y 4.800 euros los proyectos que incluyan rotulación, etiquetaje
y embalaje en la industria o en las grandes empresas comerciales. Esta última cifra se reduce hasta los 3.600 euros en el caso de la pequeña y mediana empresa.
- Los proyectos beneficiarios de las subvenciones otorgadas al amparo de esta orden deberán cumplir con un autofinanciamiento mínimo del 50%.

Documentos asociados

Boletín: 22/12/2003
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 247
Documento: Convocatoria Descargar Documento