Subvenciones a empresas privadas para financiar parcialmente las inversiones en materia de construcción e instalación de marquesinas en las paradas de autobús de los servicios de transporte laboral en el año 2010.

Código de ayuda:

S27200/10

Norma:

RESOLUCION 94/2010, de 15 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a empresas para financiar parcialmente las inversiones en materia de construcción e instalación de marquesinas en las paradas de autobús de los servicios de transporte laboral en el año 2010.

Categorías Subvención

  • Transporte
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Todas las empresas privadas que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se destinarán integramente a la financiación parcial de las inversiones necesarias para la construcción e instalación de marquesinas.
La subvención será del 75% del total del gasto ocasionado por la construcción e instalación de la marquesina y, en todo caso, esta ayuda no podrá superar la cuantía de 12.000 euros por marquesina.
En el caso de que el número de solicitudes admitidas y la consignación presupuestaria disponible lo permitan se podrá conceder una subvención de hasta el 90% del total del gasto ocasionado por la constucción e instalación de la marquesina, cantidad que no podra superar la cuantía de 15.000 euros por marquesina.
Así mismo, si la consignación presupuestaria permite atender la totalidad de las solicitudes admitidas según lo previsto en el párrafo anterior, se podrán conceder subvenciones para la construcción e instalación de
dos marquesinas en una misma empresa o centro de trabajo.

2. Se consideran no subvencionables los gastos de reparación, reforma, mantenimiento y conservación o traslado a otro lugar de las marquesinas existentes.

3. La construcción de la marquesina deberá iniciarse en el ejercio económico de 2010 y su instalación deberá finalizar antes del 7 de noviembre de 2010.

Requisitos:

a) Contar con centros de trabajo radicados en la Comunidad Foral de Navarra.

b) Ofrecer a los trabajadores de estos centros servicios de transporte laboral, bien con autobuses propios amparados por una autorización de transporte privado complementario de viajeros o bien mediante la
contratación del servicio con empresa dedicada al transporte de viajeros que preste dicho servicio amparada por la correspondiente autorización de transporte regular de uso especial.

c) No estar en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 26/04/2010
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 51
Documento: Bases y Convocatoria 2010 Descargar Documento