Subvenciones a empresas privadas para el fomento de la sostenibilidad en el desarrollo de la actividad industrial del sector de los recursos naturales en Galicia.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S07646/22

Norma:

ORDEN de 25 de enero de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de abril de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases que se incluyen en el anexo I, por las que se regirá la concesión de subvenciones de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación para fomentar e incentivar la sostenibilidad, en sus dimensiones económica, social y medioambiental, en el desarrollo de la actividad industrial del sector de los recursos naturales en Galicia.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Lineas 1 y 4:

a) Empresas privadas que, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, realicen actividades reguladas por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas, y cuenten con el título de carácter administrativo que resulte preceptivo para el desarrollo de dichas actividades o, cuando proceda, con la conformidad del órgano administrativo correspondiente, todo lo cual podrá ser comprobado de oficio por la Administración (línea 1).

b) Empresas privadas que tengan algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia dedicado al envasado de las aguas minerales naturales y la explotación de balnearios y que cuenten con el título de carácter administrativo que resulte preceptivo para el desarrollo de las actividades de conformidad con la de la Ley 5/1995, de 7 de junio, de regulación de las aguas minerales, termales, de manantial y de los establecimientos balnearios de la Comunidad Autónoma de Galicia, todo lo cual podrá ser comprobado de oficio por la Administración (línea 4).

Lineas 2 y 5:

a) Empresas privadas que, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, realicen actividades reguladas por la Ley 22/1973, del 21 de julio, de minas, y cuenten con el título de carácter administrativo que resulte preceptivo para el desarrollo de dichas actividades o, cuando proceda, con la conformidad del órgano administrativo correspondiente, todo lo cual podrá ser comprobado de oficio por la Administración (línea 2 y línea 5).

b) Empresas privadas con centros de trabajo de elaboración de roca ornamental localizados en la Comunidad Autónoma de Galicia.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Ver según programa.

Documentos asociados

Boletín: 11/02/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 29
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 11/02/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 29
Documento: Convocatoria 2022: Lineas 1 y 4 Descargar Documento
Boletín: 11/02/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 29
Documento: Convocatoria 2022: Lineas 2, 3 y 5 Descargar Documento