Subvenciones a empresas e instituciones sin fines de lucro, editoras de revistas de cultura.

Código de ayuda:

S10773/05

Norma:

Resolución de 8 de marzo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/04/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convoca para el año 2005 la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a favor de Empresas e Instituciones sin fines de lucro del sector de la comunicación social y cultural, editoras de publicaciones periódicas, no diarias,
de cultura, entendiéndose por ello las dedicadas a las siguientes materias:
- Literatura y Lingüística.
- Artes Plásticas y Escénicas, música y cinematografía.
- Historia, geografía, arquitectura, arqueología y artes populares.
- Filosofía y ciencias sociales.
El objeto de estas subvenciones será el fomento y difusión de las revistas culturales españolas de proyección nacional, editadas en cualquiera de las lenguas oficiales españolas, mediante la difusión gratuita en las principales bibliotecas, centros culturales y universidades dependientes de la Administración en sus diferentes niveles, con la doble finalidad de enriquecer el patrimonio cultural hemerográfico de los citados Entes y fomentar y favorecer la cohesión y comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las Empresas e Instituciones sin fines de lucro, editoras de revistas de cultura, de nacionalidad española, o de otros Estados miembros de la Unión Europea o asociados al Espacio Económico Europeo, siempre que, estando legalmente constituidas, cumplan los requisitos y no se encuentren incursas en ninguna de las exclusiones previstas en artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
En el caso de las Instituciones sin fines de lucro, deberán además tener un ámbito estatutario nacional o internacional.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las revistas de cultura, que deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser publicaciones de cultura en cualesquiera de las materias previstas en la convocatoria.
b) Ser publicaciones periódicas, no diarias, en soporte papel, con una tirada mínima de 2000 ejemplares, editadas en serie continua con un mismo título a intervalos regulares o irregulares, durante un período indeterminado, de forma que los ejemplares de la serie lleven una numeración consecutiva, o estén fechados y con un precio de venta al público marcado.
c) Ser publicaciones de proyección nacional, entendiéndose así, cuando su distribución mayoritaria se realice, al menos, en tres o más Comunidades Autónomas.
d) Tener periodicidad máxima mensual y mínima semestral, salvo casos excepcionales a juicio de la Comisión de Valoración, y teniendo en cuenta el interés de la publicación.

Documentos asociados

Boletín: 17/03/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 65
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento