Subvenciones a empresas de Transporte Público Regular Interurbano permanente de viajeros por carretera de uso general con explotación deficitaria en el año 2003.
Código de ayuda:
S26282/04Norma:
Orden Foral 1075/2004, de 16 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 09/12/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones a las empresas dedicadas al transporte público regular interurbano permanente de viajeros por carretera de uso general con explotación deficitaria en el año 2003.Categorías Subvención
Transporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de las subvenciones será igual a la cuantía a la que ascienda el déficit respectivo, deducidas, en su caso, las ayudas o subvenciones referidas de otras convocatorias.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas que presten servicios de transporte público regular permanente de viajeros de uso general, en virtud de concesión otorgada por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, con déficit en su cuenta de explotación en el año 2003, siempre que el mismo sea imputable al bajo índice de utilización de los servicios.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El déficit de explotación de los servicios se determinará teniendo en cuenta la concesión globalmente considerada, por la diferencia entre los ingresos por viajeros, equipajes y encargos y los costes medios estandarizados del sector, según criterio del Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes, imputables a los mismos en condiciones normales de productividad y organización, teniendo en cuenta, en todo caso, un razonable beneficio empresarial (máximo 6%).Los costes se computarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Vehículos: se computan como vida útil de los vehículos la que se indica en la concesión como antigüedad máxima de los vehículos.
− Plazos de amortización y financiación: los años establecidos en el punto anterior para la amortización y cinco años para la financiación.
− Kilómetros: los realmente realizados durante el año 2003, tanto en servicios normales como de refuerzo, en carga o en vacío necesarios para los servicios de la concesión, incrementados en un dos por ciento.
− Resto de costes: los estandarizados para el tipo de vehículo de que se trate.
b) Personal: se tomará como base las retribuciones para un conductor-perceptor del convenio colectivo de transporte interurbano de viajeros, según tabla con complemento personal del 30% del citado convenio y antigüedad de 20 años.
En los costes del vehículo y del personal, se computará la parte correspondiente a la jornada laboral necesaria para realizar los servicios.
Documentos asociados
Boletín:
24/11/2004
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 141
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 141
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