Subvenciones a conceder por el Instituto Aragones de Empleo en el ambito de colaboracion con las corporaciones locales, para la contratacion de trabajadores desempleados en la realizacion de obras y servicios de interes general y social - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S70819/07

Norma:

RESOLUCION de 13 de noviembre de 2007. Orden de 24 de noviembre de 2004. RESOLUCION de 30 de octubre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/12/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2009 el programa de empleo público para la concesión de subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo en el ámbito de colaboración con las corporaciones locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general.

Las bases para la concesión de estas subvenciones por el Instituto Aragonés de Empleo figuran reguladas en la Orden del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo de 24 de noviembre de 2004.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Empleo e Industria (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar Artículo Sexto de la presente convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Corporaciones locales y entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones otorgadas se destinarán a la financiación de los costes salariales de los trabajadores que, una vez reunidos los requisitos y aplicados los criterios de selección fijados en esta norma, sean contratados para la ejecución de las obras y servicios de interés general y social.

La cuantía máxima de la subvención a percibir por las entidades solicitantes será la necesaria para sufragar los costes salariales totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todas las contingencias, en la misma cantidad que la fijada para el salario según convenio colectivo vigente de aplicación en el correspondiente ámbito territorial y funcional en el momento de realizar la solicitud por cada trabajador desempleado contratado. Para la determinación del coste salarial se tomarán las percepciones económicas de los trabajadores por la prestación de sus servicios, excluidas, en todo caso, las indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral.

Documentos asociados

Boletín: 01/12/2004
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 141
Documento: Bases - Orden de 24 de noviembre de 2004 Descargar Documento
Boletín: 23/11/2007
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 138
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 12/11/2008
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 188
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento