Subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo y potenciación de las actividades culturales y turísticas del casco antiguo de Cuenca, en 2020.

Código de ayuda:

S03128/20

Norma:

Acuerdo de 18 de diciembre de 2019. Acuerdo de 13 de febrero de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de diciembre de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones a tramitar, en régimen de concurrencia competitiva, tienen por objeto la realización de actividades de interés cultural y turístico en el ámbito del casco antiguo de Cuenca. Las actividades subvencionables se referirán a las disciplinas de música, teatro, danza, artes plásticas, cinematografía, creación literaria, medios de comunicación, cultura tradicional y actividades de promoción cultural y turística, y serán conforme a las Bases reguladoras de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva por el Consorcio de la Ciudad de Cuenca para el desarrollo y potenciación de las actividades culturales y turísticas del casco antiguo de Cuenca, aprobadas por el Consejo de Administración del Consorcio de la Ciudad de Cuenca, con fecha 18 de diciembre de 2019, y publicadas en el Boletín Oficial del Estado de fecha 27 de enero de 2020.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Hacienda ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas de referencia las personas físicas y jurídicas, de nacionalidad española, o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea. Las personas jurídicas no podrán tener ánimo de lucro y deberán estar legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.

Las personas físicas, no deberán tener ánimo de lucro en la realización de la actividad que pudiera ser subvencionada por estas ayudas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de personal contratado específicamente para el proyecto, por su importe bruto (arrendamientos de servicios de profesionales para la dirección y coordinación de congresos, seminarios, secretariado, conferenciantes y ponentes).

b) Arrendamiento de servicios de intérpretes y empresas de traducción simultánea.

c) Alquileres de locales, excluido el alquiler de la sede social de la entidad beneficiaria.

d) Servicios técnicos para la realización de actividades.

e) Edición de publicaciones en diferentes soportes.

f) Publicidad y difusión de las actividades objeto de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 27/01/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 23
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 21/02/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 45
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento