Subvenciones a comunidades de propietarios de viviendas de promocion publica de Cantabria para financiar inversiones en rehabilitacion de grupos de viviendas.

Código de ayuda:

S17791/10

Norma:

Orden OBR/4/2010, de 11 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas para subvencionar en régimen de concurrencia competitiva hasta a un máximo de 30 Comunidades de Propietarios de Viviendas de Promoción Pública de la Comunidad autónoma las inversiones que realicen en rehabilitación de edificios de promoción pública. Estas ayudas no serán compatibles con las que se puedan establecer en desarrollo del real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan estatal de Vivienda y rehabilitación 2009-2012.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

el importe máximo total que abonará la Comunidad autónoma de Cantabria será de tres mil quinientos euros (3.500,00 euros) por vivienda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Comunidades de Propietarios de Viviendas de Promoción Pública de la Comunidad autónoma de Cantabria que vayan a realizar las obras definidas en la presente Orden como subvencionables para la rehabilitación de grupos de este tipo de viviendas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables las actuaciones para la mejora de la accesibilidad, las actuaciones para la mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente en los edificios y las actuaciones para garantizar la seguridad estructural y la estanqueidad de los edificios, siempre que la cuantía de tales actuaciones no sea inferior a dos mil quinientos euros (2.500,00 euros) por vivienda.

Serán subvencionables las obras de sustitución de carpinterías exteriores siempre que se realicen de forma conjunta para todo el edificio y con un proyecto unitario, respetando unas características estéticas de conjunto.

Documentos asociados

Boletín: 22/03/2010
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 55
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento