Subvenciones a centros escolares no universitarios ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el desarrollo del programa Agenda Escolar 2030 y Agenda 2030 para la Formación Profesional, en el curso escolar 2022-2023.

Código de ayuda:

S16364/22

Norma:

ORDEN de 9 de marzo de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de abril de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de subvenciones, por el procedimiento de concurrencia competitiva, a centros escolares no universitarios ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco para el desarrollo de los programas de Agenda Escolar 2030 (AE2030) y Agenda 2030 para la Formación Profesional (A2030FP) durante el curso escolar 2022-2023.

El ámbito de actuación de los proyectos subvencionables será la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las ayudas contempladas en la presente Orden todos los centros escolares públicos y privados concertados de niveles no universitarios ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran subvencionables los gastos directamente relacionados con el desarrollo del proyecto AE2030 y A2030FP, de conformidad a con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las actividades, estancias y visitas a centros de educación ambiental extraescolar y las que se realicen para conocer el patrimonio ambiental deberán realizarse dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco para ser subvencionables.

Aparte de los ODS relacionados con la educación ambiental, se podrá destinar hasta un 20 % del total de la subvención concedida a otros ODS.

Serán subvencionables los gastos en placas solares, iluminación, aislamiento acústico, grifería, sistemas de megafonía, detectores de CO2, purificadores de aire y análogos, hasta un 30 % del total de la subvención concedida.

Requisitos:

La entidad beneficiaria deberá estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, así como en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Estos requisitos serán exigidos tanto para acceder a la condición de beneficiario como para mantenerse en ella hasta la liquidación de la subvención concedida, por lo que se verificará su respectivo cumplimiento en el momento de efectuar la concesión y en el de realizar los pagos.

Documentos asociados

Boletín: 18/03/2022
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 56
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento