Subvenciones a ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes en materia de atención a la infancia y la adolescencia para el año 2005.

Código de ayuda:

S34837/05

Norma:

ORDEN BEF/270/2005, de 10 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/07/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La coordinación, la colaboración y la cooperación con los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes para el ejercicio 2005, en la prestación de servicios sociales de atención a la infancia y la adolescencia.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Bienestar Social y Familia (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes pueden presentar solicitudes de subvenciones del Departamento de Bienestar y Familia para el mantenimiento del Programa de servicios sociales de centros abiertos y otros programas diurnos de servicios sociales de atención a la infancia y la adolescencia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones subvencionables se agrupan en los siguientes programas:
1. Programa de servicios sociales de centros abiertos.
2. Otros programas diurnos:
a) Programa de servicios dirigidos a jóvenes mayores de 16 años con riesgo y/o dificultad social.
b) Programas de intervención y prevención de maltratos.
c) Programas que incorporen nuevas metodologías de intervención dirigidas a niños y jóvenes.
d) Otros programas diurnos.

Requisitos:

a) Los ayuntamientos, en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 284/1996, de 23 de julio, de regulación del sistema catalán de servicios sociales, modificado por el Decreto 176/2000, de 15 de mayo, y el Decreto 27/2003, de 21 de enero, de la atención social primaria, en su caso, han de tener inscritos en el Registro de entidades, servicios y establecimientos sociales los servicios para los que se pide la subvención, o haberlo solicitado.
b) Seguir las pautas del IV Plan de actuación social 2003-2006.

Será condición que estas actividades sean llevadas a cabo en el transcurso del año 2005.

Documentos asociados

Boletín: 17/06/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4408
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento