Subvenciones a ayuntamientos de la Región de Murcia para garantizar el derecho básico de alimentación porcierre de los centros educativos a consecuencia del COVID-19.

Código de ayuda:

S13791/20

Norma:

Decreto n.º 12/2020, de 2 de abril.

Plazo de Solicitud:

Concesión directa.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de las subvenciones es la financiación de actuaciones de apoyo a las familias e infancia, realizadas por los Ayuntamientos a los que se refiere el apartado anterior, dirigidas a garantizar el Derecho básico de alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad que se encuentran afectados por el cierre de centros educativos.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejo de Gobierno (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de las subvenciones será de 5,12 € por menor y día hábil, resultando una cuantía total de 428.149,76 € para el periodo de los 17 primeros días hábiles afectados por la suspensión temporal de la actividad educativa presencial.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarios de estas subvenciones en los términos establecidos en este decreto los Ayuntamientos de los Municipios la Región de Murcia que tienen alumnos con comedor escolar becado por la Consejería de Educación y Cultura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Los Ayuntamientos beneficiarios de estas subvenciones podrán realizar las siguientes modalidades de actuación para el cumplimiento de la finalidad establecida por el artículo 1.2 del presente decreto:

1.1 Cobertura de necesidades básicas de alimentación saludable, equilibrada y apropiada a la edad por medio de entrega de comida a domicilio

1.2. Cobertura de necesidades básicas de alimentación saludable,
equilibrada y apropiada a la edad a través de vales de comida por adquisición en supermercados

1.3. Cobertura de necesidades básicas de alimentación saludable, equilibrada y apropiada a la edad a través de prestaciones económicas a familias.

2. La elección entre los tipos de modalidad de actuación será comunicada por cada Ayuntamiento beneficiario a la Dirección General de Familias y Protección de Menores en el momento de presentar la justificación de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 08/04/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 82
Documento: Concesión directa. Descargar Documento