Subvenciones a asociaciones de mujeres y otras entidades para la realización de programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.- Convocatoria 2020.

Código de ayuda:

S20146/17

Norma:

Resolución de 2 de mayo de 2017. Resolución de 17 de mayo de 2017. Resolución de 1 de marzo de 2018. Resolución de 22 de abril de 2019. Resolución de 28 de mayo de 2020.

Plazo de Solicitud:

Linea 1: Hasta el 29 de junio de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Línea primera:

El apoyo al movimiento asociativo de mujeres, en el desarrollo de programas y actividades dirigidas a potenciar la participación social en el ámbito de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, a través del análisis de la realidad con perspectiva de género, encaminadas a la transformación social y a la eliminación de la sociedad patriarcal y de programas y actividades que sirvan para generar redes de mujeres para trabajar con perspectiva de género tanto a través de las tecnologías de la información y comunicación como en el territorio.

2. Línea 2,3 y 4:

Programas de formación internos de las organizaciones en materia de igualdad de oportunidades en el ámbito laboral así como la realización de estudios y acciones de sensibilización sobre las desigualdades existentes en el mundo laboral; programas de empoderamiento en la atención directa a mujeres de colectivos especialmente vulnerables (víctimas de violencia sobre las mujeres, mujeres con diversidad funcional, mujeres inmigrantes y minorías étnicas) y programas para lograr la igualdad en el ámbito educativo (programas de fomento del deporte femenino, de fomento de la corresponsabilidad y de prevención de la violencia de género).

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Línea primera:

El importe de 50.000 €, se distribuirá de la siguiente forma:

— 5.000 €, destinados a proyectos cuyo presupuesto máximo sea igual o inferior a 500 €, con una subvención
máxima del 100%.

— 45.000 €, destinados a proyectos cuyo presupuesto máximo esté comprendido entre 501 € y 5.000 €, con una
subvención máxima del:

95%, para proyectos cuyo presupuesto máximo esté comprendido entre 501 € y 1.000 €.

90%, para proyectos cuyo presupuesto máximo esté comprendido entre 1.001 € y 3.000 €.

85%, para proyectos cuyo presupuesto máximo esté comprendido entre 3.001 € y 5.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

a) Las asociaciones de mujeres y las federaciones de asociaciones de mujeres sin ánimo de lucro, que tengan como objeto la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de oportunidades, inscritas en el Registro General de Asociaciones del Principado de Asturias y que realicen sus actuaciones en el Principado de Asturias. Igualmente, podrán concurrir a la misma las asociaciones o federaciones de asociaciones de mujeres empresarias, ambas de ámbito autonómico y que realicen sus actuaciones en el Principado de Asturias, siempre y cuando estén incluidas en el correspondiente registro del Principado de Asturias.

Se entiende por asociación de mujeres a los efectos de las presentes bases, aquellas formadas exclusivamente por mujeres y cuyo objeto principal sea la lucha por la igualdad entre mujeres y hombres, estando dirigidas sus actividades a tal fin. Dichas asociaciones deberán contar con un año mínimo de antigüedad contado a partir de la fecha de inscripción en el Registro General de Asociaciones del Principado de Asturias y en el caso de las asociaciones de empresarias del Principado de Asturias en el Registro correspondiente, mediante el depósito de Estatutos de la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación, UMAC, de la Consejería competente.

b) Las entidades, asociaciones, fundaciones y organizaciones no gubernamentales que carezcan de ánimo de lucro y que trabajen por la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y las organizaciones sindicales que cuenten con estructuras o departamentos de participación para las mujeres, siempre y cuando todas ellas desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Línea primera: destinada al apoyo del movimiento asociativo de mujeres en el desarrollo de programas y actividades dirigidas a potenciar su participación social en el ámbito de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, a través del análisis de la realidad con perspectiva de género, encaminadas a la eliminación de la sociedad patriarcal, y de programas y actividades que sirvan para generar redes de mujeres que trabajen con perspectiva de género.

— Programas y actividades dirigidas a potenciar la participación social en el ámbito de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, a través del análisis de la realidad con perspectiva de género, encaminadas a la transformación social y a la eliminación de la sociedad patriarcal.

— Programas y actividades que sirvan para generar redes de mujeres para trabajar con perspectiva de género tanto a través de las tecnologías de la información y comunicación como en el territorio.

2. Línea segunda: destinada a la realización de programas de formación internos de las organizaciones en materia de igualdad de oportunidades en el ámbito laboral y de estudios y acciones de sensibilización sobre las desigualdades existentes en el mundo laboral.

— Programas de formación internos de las organizaciones en materia de igualdad de oportunidades en el ámbito laboral.

— Realización de estudios y acciones de sensibilización sobre las desigualdades existentes en el mundo laboral.

3. Línea tercera: destinada a la realización de programas de empoderamiento en la atención directa a mujeres de colectivos especialmente vulnerables.

— Programas de empoderamiento en la atención directa a mujeres de colectivos especialmente vulnerables
(víctimas de violencia sobre las mujeres, mujeres con diversidad funcional, mujeres inmigrantes y minorías étnicas).

4. Línea cuarta: destinada a la realización de programas para lograr la igualdad en el ámbito educativo.

— Programas para lograr la igualdad en el ámbito educativo (programas de fomento del deporte femenino, de fomento de la corresponsabilidad y de prevención de la violencia de género).

Documentos asociados

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