Subvenciones a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres, para la realización de programas relacionados con la consecución del principio de igualdad.

Código de ayuda:

S08555/19

Norma:

DECRETO 8/2019, de 5 de febrero. ORDEN de 3 de abril de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de mayo de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas para la realización de proyectos relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres durante el año 2019.

Se realiza la convocatoria de las ayudas previstas en el artículo 1.4 del Decreto 8/2019, de 5 de febrero, para la Línea I: Subvenciones a las agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres para desarrollar proyectos dirigidos a potenciar su participación social en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Cultura e Igualdad (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas las asociaciones, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estas subvenciones están destinadas a financiar las siguientes líneas de ayudas:

a) Línea I: Subvenciones a las agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres para desarrollar proyectos dirigidos a potenciar su participación social en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres.

b) Línea II: Subvenciones a asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres, para desarrollar proyectos que fomenten la empleabilidad, el emprendimiento y el liderazgo de las mujeres en el medio rural.

Requisitos:

1. Tener en sus estatutos como finalidad la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de oportunidades y realizar sus actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

2. Las asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres han de estar inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura al menos un año antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria a la que concurran.

3. Las agrupaciones de asociaciones de mujeres habrán de estar constituidas, al menos, por tres asociaciones, y cumplir cada una de ellas los requisitos establecidos en los apartados 1, 2 y 4 de este artículo.

4. No podrán ser beneficiarias las entidades que incurran en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Documentos asociados

Boletín: 11/02/2019
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 28
Documento: Bases Reguladoras 2019 y anexos Descargar Documento
Boletín: 16/04/2019
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 74
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