Subvenciones a asociaciones de la tercera edad y entidades de interes social.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S19428/11

Norma:

La Pola Siero, a 23 de marzo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y dentro de los limites presupuestarios que se especifican, a asociaciones de tercera edad y entidades de interés social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Siero (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- El porcentaje de la partida presupuestaria destinada a cada ámbito será la siguiente:

Área / Cuantía

Asociaciones de Tercera edad / 80%.

Entidades de interés social / 20%.

- La cuantía máxima de la subvención que puede otorgarse a cada solicitante dentro de la cantidad convocada será el importe estimado de la necesidad o el coste total de su objeto, estableciéndose como límite máximo el ochenta por cien (80%) del coste de la actividad a la que se aplique, sin que el importe concedido pueda ser rebasado por desviación en la ejecución.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

a) Asociaciones de tercera edad, radicadas en el municipio de Siero.

b) Instituciones benéficas o de interés social, que presenten proyectos dirigidos a colectivos excluidos, que reduzcan la marginalidad y que contribuyan a la mejora de las condiciones de vida de los colectivos afectados por la desigualdad, la pobreza, la marginación y la exclusión social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Asociaciones de tercera edad: podrán ser objeto de la subvención las actividades o eventos llevadas a cabo por las asociaciones de personas mayores.

b) Entidades de interés social: proyectos dirigidos a colectivos excluidos, que reduzcan la marginalidad y que contribuyan a la mejora de las condiciones de vida de los colectivos afectados por la desigualdad, la pobreza, la marginación y la exclusión social.

Requisitos:

a) Asociaciones de tercera edad.

a.1) Las entidades acreditarán estar legalmente constituidas como Asociación.

a.2) Las entidades habrán de estar radicadas en el Concejo.

a.3) E star inscritas en el registro de asociaciones del Ayuntamiento de Siero y mantener en el Registro susdatos actualizados en cumplimiento del art. 17 del Reglamento de Participación Ciudadana.

a.4) Carecer de ánimo de lucro y no depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas.

a.5) Estar al corriente, en el caso de haber recibido subvenciones de este Ayuntamiento con anterioridad en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión.

a.6) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Siero.

Se considerará que el solicitante está al corriente de las obligaciones tributarias con esta Corporación
cuando no mantenga deudas y sanciones tributarias en período ejecutivo, salvo que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida. Tales comprobaciones se realizarán de oficio por la Tesorería Municipal.El solicitante, expresamente podrá autorizar a este Ayuntamiento para la obtención directa de datos a la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social, cumplimentando la autorización que se pone a su disposición en el encabezado de la solicitud.

a.7) No estar incurso en ninguna de las causas de prohibición contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. La acreditación de no estar incursos en las prohibiciones a
que se refiere este artículo se realizará mediante declaración responsable ante el órgano concedente de la
subvención.

Si los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante podrá acogerse a lo
dispuesto en el párrafo f) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, siempre que se haga constar la
fecha y dependencia en que fueron presentados, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde
su presentación.

b) Instituciones benéficas o de interés social.

b.1) Las entidades acreditarán estar legalmente constituidas.

b.2) Con sede y ámbito de actuación en el municipio de Siero.

b.3) E star inscritas en el registro de asociaciones del Ayuntamiento de Siero y mantener en el Registro sus
datos actualizados en cumplimiento del Ar. 17 del Reglamento de Participación Ciudadana.

b.4) Carecer de ánimo de lucro y no depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas.

b.5) Estar al corriente, en el caso de haber recibido subvenciones de este Ayuntamiento con anterioridad en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión.

b.6) E star al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Siero.

Se considerará que el solicitante está al corriente de las obligaciones tributarias con esta Corporación
cuando no mantenga deudas y sanciones tributarias en período ejecutivo, salvo que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida. Tales comprobaciones se realizarán de oficio por la Tesorería Municipal.

El solicitante, expresamente podrá autorizar a este Ayuntamiento para la obtención directa de datos a la
Agencia Tributaria y de la Seguridad Social, cumplimentando la autorización que se pone a su disposición
en el encabezado de la solicitud.

b.7) No estar incurso en ninguna de las causas de prohibición contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo
13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. La acreditación de no estar incursos en las prohibiciones
a que se refiere este artículo se realizará mediante declaración responsable ante el órgano concedente de
la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 05/04/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 79
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento