Subvenciones a agencias de viaje para la promocion y comercializacion del destino Galicia.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S15373/13

Norma:

RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción y comercialización del destino Galicia a través del diseño de paquetes turísticos especializados en la promoción y comercialización de productos cabecera de la marca turística de Galicia.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Turismo de Galicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Estas ayudas son compatibles con cualquier otra ayuda para el mismo objeto y finalidad pero su importe, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas o comunidades de bienes, que reúnan los requisitos establecidos en estas bases y sean titulares de las agencias de viaje que cuenten con clasificación turística expedida por la Comunidad Autónoma gallega y que estén comprendidos en la definición, de pequeña y mediana empresa (pyme).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El diseño de paquetes turísticos especializados en la promoción y comercialización de los productos cabecera de la marca turística de Galicia.

Se consideran acciones subvencionables:

– Los gastos de diseño, maquetación e impresión de folletos, catálogos, originales de publicidad o cualquier otro material promocional relacionado con la creación de ese nuevo producto.

– Las inserciones publicitarias en medios de comunicación o cualquier otro soporte: internet, redes sociales...

– Traducción y maquetación de los soportes de promoción existentes a otros idiomas.

Requisitos:

No podrán obtener a condición de beneficiario aquellos en los cuales concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones
de Galicia. La acreditación de que no estar incursos en dichas prohibiciones se realizará mediante declaración responsable del interesado.

Documentos asociados

Boletín: 13/05/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 90
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento