Subvenciones a agencias de viaje para el fomento de actividades de comercializacion turistica.

Código de ayuda:

S07373/13

Norma:

Orden INN/8/2013, de 28 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/04/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento de las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones a agencias de viaje domiciliadas en Cantabria o que, al menos, tengan un centro de actividad radicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el desarrollo de las actividades de comercialización turística.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los criterios para la determinación de la cuantía de las subvenciones son:

- La cuantía de las subvenciones no podrá superar el treinta por ciento (30%) del presupuesto
de la/s actuación/es subvencionable/es, excluido el I.V.A., y en ningún caso superará la cantidad de 36.000 €.

- La cuantía de las subvenciones será proporcional a la puntuación obtenida por los beneficiarios.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los titulares de las pequeñas y medianas empresas turísticas, ya sean personas físicas o jurídicas, domiciliadas en Cantabria o que, al menos, tengan un centro de actividad ubicado en la Comunidad Autónoma de Cantabria, constituidas legalmente como Agencias de Viajes con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El desarrollo de las actividades de comercialización turística.

Requisitos:

En ningún caso podrán adquirir la condición de benefi ciario quienes se hallaren en alguna de las circunstancias detalladas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 20/03/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 55
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos. Descargar Documento