Subvenciones a actuaciones en energías renovables y ahorro y eficiencia energética en Cantabria.

Código de ayuda:

S11628/19

Norma:

Orden INN/4/2019, de 15 de febrero. Orden INN/13/2019, de 20 de marzo. Orden INN/48/2019, de 18 de diciembre. Orden INN/21/2020, de 5 de junio. Orden INN/61/2020, de 10 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de junio de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones a inversiones en energías renovables y ahorro y eficiencia energética por parte de personas físicas o jurídicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será igual del 30% del coste elegible para las tecnologías solar térmica, aerotermia y la actuación de renovación de instalaciones de iluminación por tecnología led, 50% para la implantación de puntos de recarga de vehículos y 40% para el resto de tecnologías, excluido el IVA y demás impuestos derivados de la misma.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de persona beneficiaria las personas físicas mayores de edad con capacidad de obrar y las empresas cualquiera que sea su forma jurídica, empadronadas o con residencia fiscal en Cantabria. Las empresas sin residencia fiscal en Cantabria deberán al menos tener un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.1. Energías renovables:

A. Solar térmica de baja temperatura.

B. Solar fotovoltaica.

C. Minieólica.

D. Biomasa térmica.

E. Geotermia.

F. Aerotermia

1.2. Ahorro y eficiencia energética:

G. Renovación de instalaciones de iluminación por tecnología led y sistemas de control y regulación de la iluminación que se encuentren en funcionamiento, quedando totalmente excluidas del ámbito de la subvención las de obra nueva.

H. Puntos de recarga de vehículos eléctricos.

I. Microcogeneración.

2. A la presente línea de subvenciones podrán dirigirse las personas físicas o jurídicas que reúnan la condición de beneficiario según lo previsto en el artículo 2.

Documentos asociados

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Boletín: 23/02/2021
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