Subvenciones a actividades de circo de carácter profesional.

Código de ayuda:

S10228/21

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/892/2021, de 25 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/3216/2020, de 8 de diciembre. RESOLUCIÓN CLT/198/2021, de 29 de enero. RESOLUCIÓN CLT/1003/2021, de 7 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de mayo de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 15.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Apoyo a la organización de actividades de formación no reglada para profesionales.

b) Apoyo a la creación, producción y presentación pública de espectáculos. A los efectos de estas bases, se puede solicitar la subvención para las producciones entendidas como nuevo espectáculo o bien para proyectos en residencia. También se entiende por nuevo espectáculo la reposición o revisión de aquellas creaciones en las que la producción originaria tenga, como mínimo, cuatro años de antigüedad.

A los efectos de estas bases, se entienden por residencia todos aquellos proyectos que se lleven a cabo en un equipamiento cultural especializado, de ámbito público o privado, que debe poner a disposición del equipo artístico residente los recursos necesarios para llevar a cabo su trabajo profesional durante un periodo mínimo de siete días, no necesariamente consecutivos.

Asimismo, el proyecto en residencia debe prever una labor divulgativa que se relacione con el tejido social, debe fomentar la creación de nuevos públicos o participar en la programación del equipamiento.

c) Apoyo a la exhibición de espectáculos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención es de un máximo de 15.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades privadas sin ánimo de lucro que lleven a cabo toda o una parte de su actividad en el ámbito del circo.

b) Las agrupaciones de entidades sin personalidad jurídica que se reúnen para realizar proyectos conjuntos, siempre que todos sus miembros, que tendrán la consideración de beneficiarios, reúnan las condiciones exigidas en el apartado a) y en el resto de las bases.

Requisitos:

a) Las personas solicitantes pueden presentar proyectos para cada una de las modalidades, con un máximo de tres solicitudes, una por cada proyecto, para la modalidad b) de la base 1.1. En el caso de las modalidades a) y c) de la base 1.1, pueden presentar como máximo una solicitud, con un único proyecto, para cada modalidad.

b) Las actividades de formación [modalidad a) de la base 1.1] deben ser presenciales o formación en línea y en directo, de pago y se deben llevar a cabo en el ámbito territorial de Cataluña.

c) En caso de nueva creación, producción y presentación pública de espectáculos [modalidad b) de la base
1.1], estos se deben estrenar en Cataluña durante el año natural de concesión de la subvención y deben prever un mínimo de cinco representaciones en Cataluña en un periodo máximo de 18 meses después de la fecha del estreno. No computan las actuaciones realizadas en locales de ensayo.

En caso de proyectos en residencia, la actividad se debe llevar a cabo en el ámbito territorial de Cataluña, sin necesidad de prever un mínimo de representaciones.

d) En caso de exhibición de espectáculos [modalidad c) de la base 1.1], hacer un mínimo de cinco
representaciones en Cataluña, durante el año natural de concesión de la subvención, del conjunto de estos
espectáculos.

Documentos asociados

Boletín: 11/12/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8292
Documento: Bases Generales 2021 Descargar Documento
Boletín: 05/02/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8334
Documento: Bases Generales - Modificación Descargar Documento
Boletín: 01/04/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8379
Documento: Bases específicas 2021 Descargar Documento
Boletín: 14/04/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8386
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento