Subvenciones a a entidades que presenten proyectos de ejecución anual de Cooperación al Desarrollo - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S51000/05

Norma:

Resolución de 19 de octubre de 2005. Bases en Orden 1/2005, de 17 de enero. Resolucion nº 6, de 7 de enero de 2009

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/02/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el ejercicio 2009, la subvención regulada por Orden 1/2005, de 17 de enero, de la Consejería de Presidencia y Acción Exterior, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades que presenten proyectos de ejecución anual de cooperación al desarrollo.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo y demás asociaciones, entidades y organizaciones que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 11.1 de la Ley 4/2002, de 1 de julio, de Cooperación para el Desarrollo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se podrán incluir el tipo de gastos que a continuación se relacionan y que deberán adscribirse al concepto indicado:

A. Costes directos.- Los costes directos son aquellos necesarios para llevar a cabo el proyectoen los términos previstos en el documento de formulación.
A.I. Terrenos.- Incluye la adquisición de terrenos o inmuebles, el acondicionamiento de terrenos y su delimitación y protección.
A.II. Construcción.- Incluirá los gastos correspondientes a: estudios técnicos previos, la redacción de proyectos de obra, la elaboración de planos, materiales de construcción, mano de obra para construcción, obras de acceso, instalaciones de agua, eléctricas, saneamiento, dirección de obra, licencias de obras y tasas.
A.III. Equipos y suministros.- Gastos de compra de equipos y suministros cuya vida útil se estime superior a un año y cuyo precio sobrepase los 150 euros. En gastos de más de 2000 euros deberán aportarse al menos dos presupuestos.
A.IV. Personal Local.- Se incluirán en este tipo de gastos los sueldos, incentivos y todos aquéllos (dietas, viajes, seguros, impuestos, vivienda...) Relacionados con la prestación de servicios de tipo laboral por trabajadores contratados por la ONG, la contraparte o alguna empresa local y que estén vinculados con la ejecución del proyecto.
A.V. Personal expatriado.- Se incluirán en este tipo de gastos los sueldos, incentivos y todos aquéllos dietas, viajes, seguros, impuestos, vivienda...) relacionados con la prestación de servicios de tipo laboral por trabajadores contratados por la ONGD riojana para la ejecución del proyecto.
A.VI. Viajes y Estancias.- Gastos de viajes relacionados con la ejecución del proyecto.
A.VII. Funcionamiento.- Se entenderán como gastos de funcionamiento aquéllos vinculados al desarrollo directo del proyecto que no sean clasificables en otro concepto (alquileres de locales donde se desarrolla, electricidad, material fungible, etc.).
A. VIII. Fondo Rotativo.- Únicamente se podrán adscribir a este apartado los gastos de bienes (nunca prestación dineraria) que se prestan a los beneficiarios con el compromiso de devolución de la misma cantidad de lo prestado en especie (semilla, animales, maquinaria, aperos de labranza, etc.).
A.IX. Imprevistos (y/o inflación).- Los gastos de imprevistos deben relacionarse con los indicadores de riesgo establecidos en la formulación del proyecto.
A.X. Evaluaciones y auditorias externas.- Se adscribirán a esta partida únicamente los gastos previstos de contratación de empresas auditoras.

B. Costes indirectos.- Los costes indirectos son aquellos en los que incurre la entidad beneficiaria y su contraparte para llevar a cabo el proyecto y aquellos necesarios para difundir entre la población sus resultados.
B.I. Gastos administrativos. ONGD Incluye los gastos relativos a formulación, seguimiento y evaluación del proyecto.
B.II. Sensibilización. Únicamente se incluirán los gastos que conllevará la difusión en la Comunidad de La Rioja de los resultados del proyecto.

Documentos asociados

Boletín: 18/01/2005
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