Subvenciones a Proyectos de Solidaridad y Cooperación al Desarrollo.

Código de ayuda:

S47582/05

Norma:

Sesión de 25 de julio de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/10/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

- Contribuir a la satisfacción de las necesidades básicas de la población.
- Impulsar el uso de la Tecnología apropiada.
- Lograr la participación de beneficiarios.
- Potenciar el enfoque de género.
- Impulsar, y ejecutar acciones de desarrollo local sostenible y autosostenido.
- Llevar cabo acciones de ayuda humanitaria y de emergencia.
- Ejecutar acciones de sensibilización, información y educación para el desarrollo.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Ayuntamiento de Valleseco (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En ningún caso se podrá conceder más del 85% del presupuesto global del proyecto presentado, incluidos los gastos administrativos y de gestión generados por el mismo, que no podrán superar el 15% del importe de la subvención concedida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Organizaciones No Gubernamentales legalmente constituidas, de modo individual o asociadas entre sí como las Administraciones públicas de los países empobrecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A efectos de la presente convocatoria se entenderá como:

Gastos Corrientes (Capítulo IV).
A.1 Los de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles.
A.2 Los gastos de viaje, desplazamientos y transporte no vinculado a la inversión.
A.3 Los gastos de personal relativo al funcionamiento del proyecto.
A.4 Los de adquisición de material de oficina, no inventariable.
A.5 Los suministros de agua, gas, energía eléctrica, combustibles, carburantes, y comunicaciones.
A.6 Vestuario y utensilios necesarios para el desarrollo de la actividad.
A.7 Productos alimenticios, de farmacia, sanitarios (fungibles) y de limpieza y aseo.
A.8 Los de publicidad, información, difusión, propaganda, reuniones.
A.9 Gastos de escasa entidad y otros gastos diversos.

Gastos de inversión (capítulo VII):
B.1 Los estudios técnicos directamente relacionados con los planes, programas, anteproyectos o proyectos de inversión; en otro caso tendrá la consideración de gastos corrientes. El importe máximo de dicho estudios
no podrá ser superior al 10% del coste del proyecto.
B.2 Los de mano de obra necesarios para la ejecución de las obras, infraestructuras e inversiones y los de los técnicos que sean precisos para la ejecución y puesta en marcha del proyecto.
B.3 Los de adquisición de bienes y equipamientos inventariables, esto es: terrenos y bienes naturales, construcciones, instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, otras instalaciones. Mobiliario, equipos para procesos de información, elementos de transporte, otro inmovilizado material. Teniendo en cuenta que el precio de adquisición de estos bienes incluye, además del importe facturado por el vendedor, todos los gastos adicionales que se produzcan hasta su puesta en condiciones de funcionamiento: gastos de explanación y derribo, transporte, derechos arancelarios, segundos, instalaciones y montaje y otros similares.
B.4. Elementos destinados al mantenimiento o reparación de los bienes definidos en B.3 que aseguren la sostenibilidad técnica de las inversiones.

Gastos Administrativos y de gestión:
Los relativos a la formulación, control y seguimiento del proyecto por parte de la organización no gubernamental o institución responsable del mismo, así como los gastos de administración general.

Requisitos:

- Tener personalidad jurídica.
- No perseguir fines lucrativos ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas.
- Reflejar en sus estatutos que entre sus fines se encuentra la realización de proyectos orientados a la solidaridad y la cooperación con los países empobrecidos.
- Acreditar experiencia y capacidad operativa que permita estimar que el logro de los objetivos propuestos es alcanzable, así como tener al menos un año de antigüedad a la publicación de la convocatoria.
- Tener su sede o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Documentos asociados

Boletín: 17/08/2005
BO Provincia de Las Palmas- Nº 104
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento