Subvenciones a Proyectos de Cooperación al Desarrollo para 2004.

Código de ayuda:

S16482/04

Norma:

Convocatoria del Boletín de 10 de junio de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/07/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar proyectos de cooperación al desarrollo a través de ONGs sin ánimo de lucro orientados a promover el desarrollo humano integral, favorecer el crecimiento socioeconómico sostenible, proteger el medioambiente y cubrir las necesidades básicas de los países del tercer mundo dentro de los principios de solidaridad y justicia.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Diputación Provincial de Cádiz (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los proyectos que presenten las ONGs podrán recibir ayudas hasta un máximo del 80% de su coste total.
Al menos un 5% serán aportes en efectivo de fondos propios de la ONG española.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Organizaciones No Gubernamentales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Gastos subvencionables:
a) Se considerarán gastos directos subvencionables aquellos relacionados con la adquisición o alquiler de terrenos, reformas o construcción de inmuebles o infraestructuras, equipos, material, suministros, personal local, instalaciones y transportes.
b) Se considerarán gastos indirectos subvencionables aquellos relacionados con
la administración, la formulación, seguimiento y evaluación del proyecto.
c) Los gastos indirectos subvencionados no podrán exceder del 10% de la subvención concedida por esta Diputación.
d) No se computarán como subvencionables los viajes, estancias y dietas del personal expatriado.
Tampoco se subvencionarán los fondos rotatorios crediticios.
e) Todos los bienes muebles e inmuebles adquiridos con la contribución de la Diputación Provincial de Cádiz pasarán a ser propiedad de las personas beneficiarias últimas del proyecto y, en caso de imposibilidad, de la contraparte local.
f) Los intereses o ingresos financieros generados en España o el país de ejecución del proyecto por la subvención recibida hasta el momento del gasto deberán ser comunicados a la Diputación Provincial de Cádiz que determinará si se reinvierten en la ejecución del citado proyecto o se aplicarán a otros fines sociales.
En el caso de reinversión de estas cantidades, deberán justificarse las mismas dentro del concepto correspondiente sin que en ningún caso incluyan los gastos indirectos.

Se consideran áreas geográficas prioritarias:
- Los países de Iberoamérica.
- Los países árabes del Norte de África y de Oriente Medio clasificados como ‘Desarrollo Humano Medio’ y ‘Desarrollo Humano Bajo’, según el índice de Desarrollo Humano (IDH) del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo.
- Los países del África Subsahariana.

Requisitos:

1) Estar legalmente constituida.
2) Carecer de ánimo de lucro.
3) Gozar de capacidad jurídica y de obrar en el territorio español (especialmente en la Comunidad Autónoma de Andalucía) y tener su sede o delegación en la provincia de Cádiz.
4) Indicar expresamente en sus estatutos que entre sus objetivos se encuentran la realización de proyectos orientados al desarrollo social y económico de países subdesarrollados o demostrar con documentación fehaciente que la asociación actúa de forma continuada en este ámbito.
5) En caso de haber recibido subvenciones con anterioridad por parte de esta Diputación Provincial, deberán haber presentado las memorias finales técnicas y financieras del proyecto de referencia, con expresa justificación de los gastos correspondientes, a excepción de las subvenciones destinadas a proyectos que se encuentren en fase de ejecución.
En este caso deberá haber cumplido los compromisos de emitir los informes parciales pertinentes.
6) No estar inmersa en procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o procedimiento sancionador incoado por incumplimiento de las normas previstas condicionantes para ejecutar los proyectos, por parte de esta Diputación u otra Administración Pública.
7) Presentar un solo proyecto en la convocatoria.
8) Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia en cooperación y capacidad operativa necesaria para ello.
A estos efectos será necesario que la constitución legal de las ONGs que concurran a estas ayudas y subvenciones hayan tenido lugar como mínimo un año antes de la publicación de esta convocatoria, presentando la documentación acreditativa de su experiencia.
9) Acreditar documentalmente mediante originales o fotocopias compulsadas que están al corriente de las obligaciones impositivas fiscales y de la seguridad, según lo dispuesto en la normativa vigente.
10) Quedan expresamente excluidas de estas bases aquellas entidades pertenecientes a la administración general de estado, organismos autónomos de la misma, entidades autonómicas y empresas privadas incluidos los organismos de tipo financiero de cualquier clase.
11) Deberán presentar una entidad asociada o contraparte local en la zona o país de referencia así como garantizar la implicación de los beneficiarios en la formulación, ejecución y seguimiento del proyecto.
Las Contrapartes Locales deberán ser ONGs locales con solvencia y experiencia en el campo de la cooperación al desarrollo; Deberán indicar las actividades realizadas en el último año en este campo.

Documentos asociados

Boletín: 10/06/2004
BO Provincia de Cádiz- Nº 133
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento