Subvenciones a PYMES para la implantacion voluntaria y verificacion del Sistema Comunitario de Gestion y Auditoria Medioambiental.

Código de ayuda:

S01073/08

Norma:

Orden MED/38/2007, de 26 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/02/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras y hacer pública la convocatoria para subvencionar a las pequeñas y medianas empresas que realicen actuaciones para la implantación voluntaria de sistemas de gestión medioambiental según el Reglamento por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comuni-tario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), en los centros o empresas situados en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La ayuda de «minimis» no se acumulará con ninguna ayuda estatal correspondiente a los mismos gastos
subvencionables si dicha acumulación da lugar a una intensidad de ayuda superior a la establecida para las circunstancias concretas de cada caso en un reglamento de exención por categorías o en una decisión adoptada por la Comisión.

Estas ayudas están contempladas dentro del Plan Estratégico de subvenciones de la Consejería de Medio
Ambiente del Gobierno de Cantabria.

Estas ayudas no subvencionarán gastos corrientes de funcionamiento de las empresas, sino exclusivamente
los gastos propios de las actuaciones subvencionables que se especifican en el siguiente artículo.

La ejecución de las actuaciones a desarrollar deberán finalizar necesariamente dentro del año 2008.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención podrá alcanzar el 80% (ochenta por cien) del total de la inversión realizada, con los siguientes máximos:

• Microempresa: hasta un máximo de 5.000 euros.
• Pequeña empresa: hasta un máximo de 7.000 euros.
• Mediana empresa: hasta un máximo de 9.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en la presente Orden las pequeñas y medianas
empresas que desarrollen sus actividades en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que establezcan un sistema de gestión medioambiental de acuerdo con el Reglamento (CE) número 761/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS).

Se considerará pequeña y mediana empresa (PYME) la que se ajuste a la definición que de la misma determine en cada momento la Unión Europea.

Los beneficiarios a los que se refiere el apartado anterior podrán solicitar la presente subvención para la
realización de un único proyecto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son objeto de subvención las siguientes actuaciones:

• La verificación ambiental o su mantenimiento anual (validación de la declaración medioambiental), actuaciones éstas que se encargan de comprobar que las políticas, los programas, los sistemas de gestión, los procedimientos de auditorías y la propia declaración medioambiental cumplen con los requisitos previstos en el Reglamento antes citado.
• La implantación del sistema de gestión medioambiental en la organización según el Reglamento EMAS.

No se subvencionará ningún tipo de inversión. De la misma manera, tampoco se subvencionarán:

• El impuesto sobre el valor añadido (IVA) satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados y en general cualquier impuesto pagado por el beneficiario.
• Gastos financieros como consecuencia de la inversión.
• Los gastos de adquisición de terrenos, obra civil y construcción de naves industriales.
• Gastos que no estén definidos o que no tengan como finalidad el objeto de la subvención, así como los no imputables directamente a los proyectos.
• Los internos o de la propia organización.

Documentos asociados

Boletín: 04/01/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 3
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento