Subvenciones a Organizaciones no Gubernamentales de desarrollo, para la ejecucion de acciones de educacion y sensibilizacion para el desarrollo, y se convocan las correspondientes al año 2009.

Código de ayuda:

S33091/09

Norma:

Orden de 8 de abril de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establece las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y otras entidades sin ánimo de lucro, para la ejecución de acciones de Educación y Sensibilización para el Desarrollo, y convoca las correspondientes al año 2009.

A efectos de la presente convocatoria, la Educación y Sensibilización para el Desarrollo consiste en el conjunto de acciones, destinadas a favorecer e impulsar una mayor concienciación y conocimiento de los problemas de los países en vías de desarrollo, así como de las causas que los producen. Estas iniciativas tienen la finalidad de mejorar las actuaciones en materia de Cooperación Internacional al Desarrollo que contribuyan a erradicar la pobreza en el mundo en todas sus manifestaciones, estimulando la solidaridad y el cambio de actitudes y comportamientos y la cooperación activa con los países del Sur mediante campañas de divulgación, servicios de información, programas educativos, apoyo a las iniciativas en favor de un comercio justo y un consumo responsable de de los productos procedentes de los países en vías de desarrollo, entre otras actuaciones.

La presente convocatoria se regirá por lo establecido en esta Orden, en la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y demás normativa autonómica aplicable, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones en lo que resulte de aplicación, así como por las restantes normas de derecho administrativo que sean de aplicación y, en su defecto por las normas de derecho privado.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones a que se refiere el artículo anterior se harán efectivascon cargo a los créditos previstos en la partida 12.05.00.126I.490.00 proyecto de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, para el ejercicio 2009 por importe de 189.947,00 euros (gastos corrientes).

En el supuesto de no alcanzarse el máximo indicado, la cantidad sobrante podrá incrementar la destinada a financiar proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo como señala el artículo 2.1 de la Orden de la Consejería de Política Social Mujer e Inmigración, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a ONGD, para proyectos de cooperación internacional al desarrollo, y se convocan las correspondientes al año 2009.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo.

Requisitos:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente convocatoria, las Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo y otras entidades que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro pertinente en función de la naturaleza jurídica de la entidad, al menos dos años antes de la fecha de publicación de la presente convocatoria.

b) Carecer de fin de lucro y gozar de capacidad jurídica y de obrar en España.

c) Tener como fines institucionales la realización de actividades relacionadas con la Cooperación Internacional al Desarrollo, o demostrar de modo fehaciente que la entidad actúa de forma continuada en dicho ámbito.

d) Tener implantación en la Región de Murcia.

Se entenderá que una entidad cumple el citado requisito cuando disponiendo de delegación permanente en la Región de Murcia, participe de forma activa y continuada en las acciones de Cooperación al Desarrollo y de Educación y Sensibilización para el Desarrollo, de naturaleza institucional, asociativa o ciudadana que se realicen desde la Región de Murcia y dentro de su ámbito territorial.

e) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia en proyectos de Educación y Sensibilización para el Desarrollo, y la capacidad operativa necesarias para ello.

f) No estar incurso en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

g) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

Podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de ONGD u otras entidades en las que cada miembro de la agrupación cumpla los requisitos señalados en el apartado 1 de este artículo, aunque la agrupación carezca de personalidad jurídica.

En este caso deberá hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la Resolución de concesión en su caso, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la condición de beneficiario.

Documentos asociados

Boletín: 24/04/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 93
Documento: Base, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/05/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 112
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento