Subvenciones a Organizaciones No Gubernamentales de desarrollo para actuaciones de emergencia o ayuda humanitaria en países en vías de desarrollo, o con índice medio de desarrollo humano, con motivo de catástrofes naturales, epidemias, conflictos bélicos, inestabilidad política o cualquier otra circunstancia de análoga configuración.
Código de ayuda:
S10473/25Norma:
Orden de 21 de abril de 2025.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las presentes Bases, tienen como objeto regular la concesión de ayuda para actuaciones de emergencia o ayuda humanitaria en países en vías de desarrollo, o con índice medio de Desarrollo Humano, con motivo de catástrofes naturales, epidemias, conflictos bélicos, inestabilidad política o cualquier otra circunstancia de análoga configuración.Categorías Subvención
Inversiones Materiales y Equipos
Juventud
Medio Ambiente y Energía
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Santander (Cantabria)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de dichas ayudas las Organizaciones No Gubernamentales o cualesquiera otras entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro, que tengan sede en la ciudad de Santander y que posean como fines institucionales la realización de actividades relacionadas con la Cooperación al Desarrollo, ayuda humanitaria, ayuda de emergencia y solidaridad entre los pueblos¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Gastos de adquisición, transporte, envío y almacenaje, de materiales o útiles para necesidades básicas, alimentos, equipos sanitarios, infraestructuras, etc.b) Envío o intervención de equipos humanos especializados en situaciones de emergencia.
c) Ayuda económica para la adquisición de material específico en la zona de actuación.
d) Cualquier otro gasto que se pueda justificar en consecuencia con la acción a desarrollar.
e) Los costes de la gestión del proyecto no podrán superar el 3% del total del coste solicitado al Ayuntamiento de Santander.
Documentos asociados
Boletín:
25/04/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 79
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 79
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