Subvenciones a Organizaciones No Gubernamentales, con destino a la realización de proyectos de cooperación al desarrollo, de acción humanitaria y de educación para el desarrollo y sensibilización para el año 2007 y, se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria.

Código de ayuda:

S02437/07

Norma:

RESOLUCION de 11 de diciembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/01/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente convocatoria la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a Organizaciones no Gubernamentales, para la realización de proyectos en las siguientes líneas de actuación:

Línea 1: Cooperación al Desarrollo:

Para la realización de proyectos de cooperación, solidaridad, promoción y consolidación de un desarrollo económico y social en los países en vías de desarrollo que tengan como objetivo la mejora de las condiciones de vida y el desarrollo de sus propios recursos naturales, técnicos y humanos.

Línea 2: Acción humanitaria:

La acción humanitaria, cuyo objetivo es la prevención y la reducción del sufrimiento humano, estará articulada en dos modalidades:

seguridad alimentaria y ayuda humanitaria.
Seguridad alimentaria, a través de proyectos de ayuda cuyo objetivo es garantizar la alimentación a las poblaciones que sufren hambrunas y catástrofes.
Ayuda humanitaria, entendida como la ayuda a poblaciones que padecen las consecuencias de catástrofes naturales, conflictos crónicos o guerras, a través de la dotación de:

• Ayuda a refugiados y desplazados.
• Ayuda para la rehabilitación y la reconstrucción, con el objetivo de ayudar a las poblaciones afectadas a sentar las bases de un desarrollo futuro.

Línea 3: Educación para el desarrollo y sensibilización:

1. Los proyectos y acciones referentes a la sensibilización o educación para el desarrollo perseguirán algunos de los siguientes objetivos:

a) Divulgar e informar a la sociedad asturiana de la realidad social y económica de los países empobrecidos y de otras formas de vida y cultura.
b) Fomentar en la sociedad asturiana el espíritu de solidaridad con los países empobrecidos y con otras culturas, potenciando las diversas formas de sensibilización.
c) Promover en Asturias los valores de tolerancia y la solidaridad entre seres humanos y culturas de diferentes orígenes y procedencias geográficas.
d) Formación de recursos humanos especializados en las tareas de cooperación al desarrollo mediante cursos y otros mecanismos orientados a tal fin.

2. Los proyectos de sensibilización contemplados en la presente convocatoria deberán dirigirse a grupos definidos, se basarán en un análisis equilibrado y en un conocimiento adecuado de los temas y grupos a que vayan dirigidos y se desarrollarán en Asturias.

3. No serán financiables las acciones que tengan como objetivos:

a) Financiar el funcionamiento de la entidad, incluidos mobiliario de oficina, bienes y equipos.
b) Promocionar a la entidad en sí misma.
c) Realizar publicaciones de difusión de las actividades propias de la entidad.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Justicia, Seguridad Pública y Relaciones Exteriores (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán concurrir a la presente convocatoria las Organizaciones no Gubernamentales, que habiendo adaptado sus estatutos en cumplimiento de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, cumplan los siguientes requisitos:

1. Estar inscrita en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales para la Cooperación al Desarrollo en el Exterior de Asturias en fecha anterior al 1 de enero de 2006.

En el caso de las ayudas a los programas de educación y sensibilización, las Organizaciones No Gubernamentales que presenten solicitud deberán estar inscritas en el Registro Oficial correspondiente antes de la fecha de presentación de la solicitud, así como tener representación, sede local u organización social en Asturias, entendiendo por ello la existencia acreditada de estructuras significativas de la entidad en Asturias.

2. Haber justificado debidamente los gastos correspondientes a las subvenciones concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma.

3. Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Líneas 1 y 2: Cooperación al desarrollo y acción humanitaria:

Se considerarán gastos subvencionables, directos e indirectos, a los efectos de la presente convocatoria aquéllos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.

1. Gastos directos: Se consideran aquéllos directamente vinculados a la ejecución del proyecto y que financian la consecución inmediata de los objetivos del mismo.
Se considerarán gastos directos subvencionables los siguientes:

a) La adquisición o alquiler de terrenos e inmuebles.
b) La construcción y/o reforma de inmuebles e infraestructuras (incluye mano de obra, dirección de obra, licencia de obras y tasas y materiales de construcción).
c) Equipos, materiales y suministros tales como maquinaria, mobiliario, equipos informáticos, elementos de transporte y otro equipamiento. En este concepto se incluyen gastos derivados del envío de los equipos.
d) Personal. Se entenderá por personal expatriado, aquel personal de la ONGD sometido a la legislación española, que presta sus servicios en el país donde se ejecuta la intervención objeto de la subvención y cuyas funciones y tareas están directamente relacionadas con aquélla. Se entenderá como personal local, aquel personal de la ONGD o de sus socios locales sometido a la legislación laboral del país donde se ejecuta la intervención objeto de la subvención y en el que presta sus servicios directamente relacionados
con la intervención, Los gastos de personal subvencionables podrán incluir salarios y seguros sociales.
e) Funcionamiento en el terreno (electricidad, agua, comunicaciones, mantenimiento y seguridad) hasta un máximo del 1% del importe total subvencionado.
f) Viajes, alojamientos y dietas. Se incluyen los gastos vinculados a la movilidad del personal y beneficiarios necesaria para la ejecución de la intervención (incluyendo combustible, seguros y mantenimiento de vehículos que estén específicamente identificados para la ejecución del proyecto).
g) Los gastos financieros, de asesorías jurídicas o financieras, notariales y registrales, cuando fueren indispensables para la ejecución de la intervención.

2. Gastos indirectos: Se podrán imputar como gastos o costes indirectos, todos los gastos administrativos de la entidad solicitante derivados exclusiva y directamente de la formulación, seguimiento y control del proyecto. Los costes indirectos no podrán exceder del ocho por ciento (8%) del importe de la subvención
concedida para proyectos de desarrollo y del cinco por ciento (5%) para proyectos de acción humanitaria, y podrán incluir la realización de actividades de sensibilización ligadas exclusivamente a la ejecución del proyecto de cooperación subvencionado.
En ningún caso podrán ser subvencionados:

a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
b) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
c) Los gastos de procedimientos judiciales.

Línea 3: Educación para el desarrollo y sensibilización:

Se consideran gastos subvencionables a los efectos de la presente convocatoria, aquéllos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen durante el ejercicio presupuestario de 2006.
Sólo se podrán justificar como gastos administrativos el 4% de la cuantía de la subvención concedida.
En ningún caso podrán ser subvencionados:

a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
b) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
c) Los gastos de procedimientos judiciales.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 30XII06
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento