Subvenciones a ONGs para la financiación de Proyectos para la Cooperación al Desarrollo.

Código de ayuda:

S45064/05

Norma:

sesión de 11 de Agosto de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1.- La presente Convocatoria tiene por objeto convocar en régimen de concurrencia competitiva, Subvenciones dirigidas a Organizaciones No Gubernamentales con fines de Cooperación al Desarrollo para colaborar en la financiación de Proyectos de carácter productivo, formativo y asistencial, o cualesquiera otros que complementen o contribuyan al desarrollo de proyectos sociales, que tendrán carácter bianual.

2.- La finalidad de estas ayudas es promover la mejora de las condiciones de vida y un desarrollo sostenible de la población de esos países, mediante el fomento de actuaciones dirigidas, entre otras, a la atención primaria de salud, enseñanza no universitaria y de personas adultas, infraestructura básica, acción social, protección del medio ambiente, uso sostenible de los recursos naturales, desarrollo del sector productivo, y promoción y defensa de los Derechos Humanos, que son los objetivos propios y esenciales de la cooperación al desarrollo.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Diputación Provincial de Burgos (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda concedida en el marco de esta Convocatoria, podrá alcanzar como máximo el 80% del presupuesto solicitado ó coste del Proyecto, sin que en ningún caso este porcentaje pueda exceder de la cuantía de 48.080,97 €., debiendo tener un presupuesto de ejecución mínimo de 9.616,16 €.

En cuanto a la conversión de la baremación técnica en un umbral cuantificado para la concesión de un importe concreto, se tendrán en cuenta los siguientes porcentajes:
- De 61 a 70 puntos, entre el 50% y el 62,5% de la cuantía solicitada.
- De 71 a 80 puntos, entre 62,5% y 75% de la cuantía solicitada.
- De 81 a 90 puntos, entre el 75% y el 87,5% de la cuantía solicitada.
- De 91 a 100 puntos, entre 87,5% y el 100% de la cuantía solicitada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Organizaciones o Entidades No Gubernamentales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Desde el punto de vista sectorial, serán preferentes las intervenciones dirigidas a cubrir necesidades fundamentales de la población destinataria, que contemplen los siguientes aspectos:
a) Proyecto de atención primaria de salud.
b) Proyecto de educación no universitaria y de personas adultas.
c) Proyectos de infraestructura básica (traída de aguas, alcantarillado, saneamiento, habitabilidad de viviendas, caminos vecinales, electrificación rural, comunicaciones y transportes, etc.), y en general, aquellos otros proyectos que se adecuen a las metas y objetivos que las diversas organizaciones internacionales proponen para hacer eficaz el desarrollo.
d) Proyectos de desarrollo y fortalecimiento del sector productivo y de servicios (industrial, artesanal, agropecuario, etc.) relacionado con pequeñas y medianas empresas o cooperativas y de todas aquellas actuaciones dirigidas a la creación de empleo autogestionable en los sectores más desfavorecidos.
e) Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres, con especial valoración de aquellas intervenciones que incidan en aspectos de mejora de la posición social de las mujeres, mejora de su acceso a los recursos, educación, salud, puestos de decisión, promoción y apoyos a grupos y organizaciones de mujeres y cambio cultural para la erradicación de todo tipo de violencia contra las mujeres.
f) Defensa de los derechos del menor y erradicación de la explotación infantil.
g) Promoción de la protección del medio ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales.
h) Promover acciones y programas cuyo objetivo fundamental sea la identificación y eliminación de obstáculos, conseguir la igualdad de oportunidades y la plena participación de las personas en todos los aspectos de la vida.
i) Cualesquiera otros, que pueda complementar o contribuir al desarrollo de los citados proyectos.

Se considerarán como gastos subvencionabais los siguientes:
Costes directos:
a) Los correspondientes a la compra de terrenos y edificios, así como los demás costes directos asociados a la misma que puedan ser considerados como integrantes del proyecto presentado.
b) Los gastos de construcción o rehabilitación de edificios y otras estructuras. Así como los demás costes directos asociados a la misma que puedan ser considerados como integrantes del proyecto presentado. La mano de obra ligada a estas tareas y los materiales de construcción o rehabilitación necesarios, así como los estudios técnicos se entenderán incluidos en esta partida.
c) Los correspondientes a la compra y transporte de equipos y materiales y los de aquellos técnicos que la empresa proveedora necesite desplazar para el adiestramiento, puesta en marcha y funcionamiento de la maquinaria, así como los demás costes directos asociados a la misma que puedan ser considerados como integrantes del proyecto presentado.
d) Los de personal, debiendo desglosarse debidamente los gastos originados por el personal local y por el personal expatriado. Bajo ningún concepto se podrán incluir en este apartado los gastos de personal de la entidad en España.
e) Los relativos al funcionamiento del proyecto. Revisten este carácter los costes directos e indirectos derivados del mismo realizados por la contraparte local que puedan ser considerados como integrantes del proyecto presentado.
f) Los relativos a gastos de viajes y estancias del personal de la entidad en Castilla y León vinculado al control y seguimiento del proyecto.
g) Cualesquiera otros, que pueda complementar o contribuir al desarrollo de los citados proyectos.
Costes indirectos:
h) Los gastos indirectos asociados a la administración de la entidad solicitante. Se podrán imputar como gastos indirectos todos los gastos administrativos de la entidad solicitante derivados exclusiva y directamente, de la formulación, análisis, seguimiento y control del proyecto.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente antes de la publicación de esta Convocatoria.
b) Disponer de Sede o Delegación permanente en Burgos y su provincia.
A estos efectos se entenderá como delegación aquella que cuente con personal permanente de la organización, ya sea contratado o voluntario, y local fijo donde realizar su actividades.
c) Tener acreditados en sus Estatutos como fines propios la realización de actividades de ayuda y cooperación con países en vías de desarrollo, o demostrar de modo fehaciente que la entidad actúa de forma continuada en dicho ámbito.
d) Acreditar experiencia y capacidad operativa en el ámbito de la cooperación, describiendo las actividades de cooperación realizadas en los últimos tres años.
e) Haber justificado, en su caso, las subvenciones otorgadas en convocatorias anteriores por la Excma. Diputación Provincial de Burgos, en materia de Cooperación al Desarrollo, salvo que se haya autorizado por el órgano competente prórroga en la ejecución y justificación de proyectos anteriores, y no hallarse inmerso en procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o procedimiento sancionador incoado por tal motivo.

Documentos asociados

Boletín: 31/08/2005
BO Provincia de Burgos- Nº 165
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 31/08/2005
BO Provincia de Burgos- Nº 165
Documento: Anexos Descargar Documento