Subvenciones a ONGs de desarrollo españolas para el seguimiento y apoyo de la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo en el marco del Programa de Cooperación Internacional "Mujeres y Desarrollo".

Código de ayuda:

S02646/03

Norma:

Orden TAS/2565/2003, de 1 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/10/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Asegurar la participación de las mujeres y su acceso a los recursos y beneficios del desarrollo, y que se reconozca y valore su papel.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cantidad máxima que se destinará a las subvenciones objeto
de esta Orden será de 729.800 euros.
Del total de la financiación que se apruebe para cada uno de los proyectos, un 10% irá destinado a gastos administrativos de la ONGD española, entendiendo a estos efectos los gastos corrientes de personal, gastos de infraestructura (gastos de comunicaciones, suministros, amortización de equipos, material de oficina), viajes y desplazamientos derivados del seguimiento y evaluación de cada uno de los proyectos.
Los gastos derivados de las transferencias bancarias tendrán la consideración de financiación directa para la ejecución de los proyectos.
La subvención se hará efectiva en un solo plazo por un importe del 100% del total de la subvención en el momento que se notifique la resolución, con cargo al presente ejercicio presupuestario.
Los intereses eventualmente generados por la subvención recibida, hasta el momento de su gasto, deberán reinvertirse en el Programa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo españolas (ONGDs).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las que posibiliten la ejecución de los proyectos de desarrollo que se relacionan en el anexo I (proyectos aprobados) que han sido seleccionados por el Instituto de la Mujer.

Requisitos:

a) Ser personas jurídicas legalmente constituidas en España.
b) Carecer de fines de lucro.
c) Tener como fin institucional la cooperación internacional al
desarrollo.
d) Ser de ámbito estatal, según su título constitutivo.
e) Haber presentado, en su caso, justificación de los gastos correspondientes a las subvenciones recibidas con anterioridad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
f) Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias
y de Seguridad Social en la fecha de solicitud de la subvención.
g) Disponer de estructura y experiencia suficiente para garantizar
el cumplimiento de los objetivos.

Documentos asociados

Boletín: 16/09/2003
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 222
Documento: Convocatoria Descargar Documento