Subvenciones a ONGDs para financiar Proyectos de Cooperación al Desarrollo y de Solidaridad con los Países del Sur.

Código de ayuda:

S21246/04

Norma:

Sesión de 28 de julio de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/09/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de proyectos de cooperación al desarrollo en países del Sur, fomentar la realización de proyectos de cooperación internacional que permitan promover en los países en vías de desarrollo la mejora de las condiciones de vida de la población en general y de los sectores con mayores necesidades en particular, a través de la movilización de sus propios recursos, así como apoyar la iniciativa y participación de las O.N.G.s, ubicadas en el municipio de Alicante en la cooperación con los países menos desarrollados mediante la cofinanciación de proyectos específicos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Ayuntamiento de Alicante (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No superará en ningún caso el 80 por ciento del presupuesto de proyecto presentado, debiéndose cubrir el resto con aportaciones de la propia entidad, de la contraparte local o de otros posibles financiadores.

Las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Alicante serán compatibles con otras ayudas para la misma finalidad otorgadas por otras administraciones públicas, siempre que el importe de las mismas no supere el 95 por ciento del coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo o agrupaciones de entidades que cumplan con los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los siguientes gastos:
- Adquisición de material y suministros, compra y transporte de equipos y activos productivos, personal y funcionamiento.
Todos los bienes inventariables adquiridos en el marco del proyecto deberán seguir siendo propiedad de la contraparte ejecutora del mismo una vez finalizado.
- Adquisición de terrenos o bienes inmuebles, que en todo caso estará sujeto a la justificación fehaciente de que su propiedad recaiga en los beneficiarios directos del proyecto.
- Los gastos administrativos asociados a la formulación, control y seguimiento de los proyectos por parte de la organización responsable estarán incluidos dentro de la financiación global pero sin exceder del 8 por ciento del total de la subvención.
- No se consideran gastos indirectos los de electricidad, agua, combustible, seguros y mantenimiento de vehículos.


Áreas y campos prioritarios de intervención.
En líneas generales, serán prioritarios aquellos proyectos que formen parte de un plan integral de desarrollo más amplio y más a largo plazo, fomentando la autoorganización y la participación de los beneficiarios.

A) Prioridades geográficas.
Se priorizarán aquellos proyectos que se lleven a cabo en los países con menor Indice de Desarrollo Humano (I.D.H.) En el caso de los países de mayor desarrollo relativo o con economías de transición, se priorizarán los proyectos que atiendan las bolsas de pobreza rurales y urbanas.

B) Prioridades sectoriales.
a) Proyectos de promoción de atención sanitaria, alimentación, educación o formación, los referentes a servicios sociales y aquellos que faciliten mecanismos de autosuficiencia a los beneficiarios.
b) Proyectos de promoción de viviendas, servicios e infraestructuras.
c) Proyectos para el desarrollo local que respondan al objetivo de resolver las causas de la pobreza de las comunidades destinatarias, generar procesos de reducción de las desigualdades sociales y fomentar la participación y formación de sus miembros desde la perspectiva de sostenibilidad económica, medioambiental y de empleo.
d) Proyectos que contribuyan a una cultura de defensa y respeto de los derechos humanos y fortalecimiento democrático de la sociedad beneficiaria.
e) Proyectos que se lleven a cabo en países que recientemente hayan sufrido algún tipo de catástrofe natural o conflicto armado que hubiere devastado el país y obligado a su población al abandono de su lugar habitual de residencia.

C) Prioridades sociales.
En cuanto a los beneficiarios se primarán proyectos dirigidos a los sectores de población más vulnerables: infancia, mujer, refugiados y desplazados, discapacitados, comunidades indígenas, organizaciones populares y poblaciones con situaciones marginales.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro de O.N.G.D. de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) según establece el artículo 2 del R.D. 993/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de O.N.G.D. adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional.
b) Disponer de sede o delegación permanente en el municipio de Alicante. A tales efectos, se entiende por delegación permanente la presencia de la O.N.G.D. en Alicante, acreditada documentalmente, con actividades demostrables en el municipio en materia de sensibilización y educación para el desarrollo, con anterioridad al menos de un año a contar desde la fecha de publicación en el B.O.P. de la presente convocatoria.
c) Estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social y la Hacienda local municipal.
d) Garantizar a través de la memoria de actividades su experiencia en el campo de la solidaridad internacional, así como que dispone de la estructura suficiente para cumplir sus objetivos.
e) La existencia de cofinanciación de al menos un 20% del coste total del proyecto presentado.
f) Comprometerse a no asignar más del 8% de la ayuda concedida al capitulo de gestión y administración del proyecto.
g) En el supuesto de haber recibido con anterioridad subvenciones de este Ayuntamiento para la cooperación internacional al desarrollo, haber cumplido las obligaciones dimanantes de su concesión. Aquellas organizaciones que tuvieran pendiente la justificación de proyectos subvencionados en anteriores convocatorias, a excepción de la convocatoria del año 2003, no podrán acceder a la presente.
h) Presentar la documentación acreditativa de la identidad del solicitante o de la representación, en su caso, si la solicitud se hiciera por otra persona en su nombre.
i) Que las contrapartes locales sean organizaciones no gubernamentales y/o comunidades organizadas.
j) Estar inscrito en el Registro de Entidades de Interés Municipal, adscrito a la Concejalía de Participación Ciudadana, o acreditar que se ha solicitado la inscripción formal en el mismo con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
k) Declarar su compromiso de aportar la diferencia entre el coste total del proyecto y la ayuda concedida, bien por sus propios medios o por financiación de terceros.
l) En el caso de tratarse de una agrupación de varias entidades, el acuerdo de cada una de ellas por el que para presentar el proyecto, se designa a la que actuará como representante de la agrupación ante la administración.

Documentos asociados

Boletín: 21/08/2004
BO Provincia de Alicante- Nº 193
Documento: Convocatoria Descargar Documento