Subvenciones a Kultura 2.0: programa para la innovacion tecnologica de las industrias culturales.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S59555/10

Norma:

ORDEN de 20 de octubre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/12/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de condiciones de otorgamiento de subvenciones en 2010 para apoyar el desarrollo del Programa Kultura 2.0 para la innovación tecnológica de las industrias culturales.
Se tratan de actuaciones de mejora competitiva en el ámbito digital de las empresas culturales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a través de diferentes acciones de acompañamiento personalizado y de actuaciones dirigidas a facilitar la ejecución de proyectos que busquen un mejor posicionamiento
competitivo en el nuevo entorno digital, por medio del desarrollo de acciones específicas de mejora competitiva, innovación, internacionalización, diversificación y/o búsqueda de nuevos mercados, con realización entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2010.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas a proyectos individuales asciende a ciento sesenta mil (160.000) euros y ciento dos mil quinientos (102.500) euros en el caso de los proyectos en cooperación.

Las subvenciones para los proyectos, podrán alcanzar, como máximo, hasta un 50% del presupuesto
neto (impuestos excluidos) de cada proyecto o actividad presentada a efectos de la subvención.

El importe máximo concedido a cada proyecto individual seleccionado no podrá ser superior a diez mil (10.000) euros y en el caso de los proyectos de cooperación no podrá ser superior a treinta mil (30.000) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las PYMEs que, independientemente de su forma jurídica, se dediquen de manera preferente a la producción, distribución y/o comercialización de bienes culturales en los siguiente ámbitos: el cine, las artes audiovisuales, la edición de libros, las artes escénicas, las artes visuales, la artesanía, la música, los nuevos géneros creativos multimedia y cualquier otra manifestación artística o cultural con vocación de permanencia y que reúnan los requisitos que en cada una de las modalidades se contemplan.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones de mejora competitiva en el ámbito digital de las empresas culturales de la Comunidad Autónoma del País Vasco realizadas por PYMEs (Pequeñas y medianas empresas) de forma individual y/o en cooperación y con realización entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2010.
Se considerarán actuaciones subvencionables todas aquellas que en el entorno digital aporten:

a) Una mejora competitiva. Introducción de un bien o servicio nuevo o con un alto grado de mejora,
respecto a sus características o su uso deseado adaptado a los entornos digitales. Ésta incluye mejoras importantes en especificaciones técnicas, componentes y materiales, software incorporado, u otras características funcionales.

b) Un mejor posicionamiento en mercados exteriores. Implementación de un nuevo método de comercialización que entrañe importantes mejoras en el diseño del producto, o en su presentación, o en su
política de posicionamiento en determinado segmento o mercado.

c) Mejora de procesos. Implantación de un método de producción, distribución o comercialización nuevo o con un alto grado de mejora con incidencia clara en el entorno digital.

d) Diversificación de producto. Las distintas acciones que una empresa desarrolla tras una reflexión en
la que ha seleccionado después de valorar y priorizar una o varias líneas de actividad que permitan a la
empresa generar el valor añadido necesario para garantizar su viabilidad a medio/largo plazo.

Se considerarán gastos subvencionables los siguientes:

a) Gastos de consultoría externa y asistencia técnica especializada para la definición y desarrollo de los
proyectos específicos que se presenten.

b) Gastos de desarrollo informático y de adecuación de producto, solo cuando se deriven directamente
del proyecto.

Requisitos:

Para que la solicitud sea admitida, la empresa solicitante ha de cumplir obligatoriamente los siguientes
requisitos:

a) Haber realizado previamente un informe sobre el posicionamiento de la empresa en el entorno tecnológico y digital que recoja:

a.1.– El entorno tecnológico y digital en el que se plantea el proyecto.

a.2.– Las líneas de actuación principales de la empresa en el escenario de innovación tecnológica y de la digitalización.

a.3.– Objetivos planteados en el proyecto. Previsión de impacto previsto y su temporalización.

a.4.– Previsión de evolución a medio plazo (3 años) (Modelo del anexo V).

b) Contar con otra empresa para la realización del proyecto que se presenta a subvención.

c) Disponer de un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco con
una plantilla media de al menos 3 personas desde el uno de enero de 2010 hasta la fecha de solicitud de
la subvención.

d) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.

e) No encontrarse incursas en ninguna prohibición o inhabilitación para la obtención de ayudas públicas
o para contratar con la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

f ) En el caso de los proyectos de colaboración, para que la solicitud sea admitida, cada una de las
empresas asociadas para el proyecto deberá cumplir obligatoriamente los requisitos exigidos en el artículo
5 de la presente Orden.

Documentos asociados

Boletín: 03/11/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 211
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento