Subvenciones a Federaciones y Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Comunidad Autonoma de Canarias para el año 2009.

Código de ayuda:

S63055/08

Norma:

ORDEN de 22 de septiembre de 2008. ORDEN de 16 de marzo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Efectuar la convocatoria para la concesión de subvenciones para el año 2009, destinadas a sufragar gastos corrientes y de inversión de las Federaciones y Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Economía, Industria y Comercio (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe del crédito presupuestario que ha de financiar la presente convocatoria viene establecido en la Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2009 (B.O.C. nº 261, de 31.12.08), se prevé para esta finalidad un crédito de doscientos dieciséis mil novecientos noventa y cuatro (216.994) euros, en la aplicación presupuestaria 15.09.443A.480.00, línea de actuación 14419902, para sufragar gastos corrientes, y veinte mil setecientos noventa y seis (20.796) euros, en la aplicación presupuestaria 15.09.443A.780.00, proyecto de inversión 00714901, para sufragar gastos de inversión.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Federaciones y Asociaciones de Consumidores y
Usuarios que, reuniendo los requisitos generales establecidos en las presente bases, cumplan con anterioridad a la finalización de la publicación de las presentes bases los siguientes requisitos.

Requisitos:

a) Desarrollar su actividad efectiva en Canarias.

b) Hallarse inscritas en el Registro de Asociaciones y Federaciones de Consumidores y Usuarios de la Comunidad Autónoma de Canarias.

c) No estar incursas en ninguna de las circunstancias determinantes de la imposibilidad de obtener
la condición de beneficiario de subvenciones, previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de
la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

d) Estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad
Social. En el supuesto de que el solicitante no estuviera obligado al cumplimiento de estas obligaciones, tal extremo deberá hacerse constar mediante la presentación de declaración responsable otorgada ante la autoridad administrativa o notario público, documento acreditativo de la exención del cumplimiento de tales obligaciones.

Documentos asociados

Boletín: 01/10/2008
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 197
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 23/10/2008
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 213
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 27/03/2009
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 60
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 24/06/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 123
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento