Subvenciones a Federaciones Deportivas de Castilla-La Mancha durante.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S09964/13

Norma:

Orden de 25/03/2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/04/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, un
procedimiento de concesión de subvenciones a Federaciones Deportivas de Castilla-La Mancha, durante el año 2013.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individual a conceder a las entidades beneficiarias, que en ningún caso podrá ser superior a 50.000 euros, se modulará en función de la puntuación obtenida tras la aplicación de los criterios de valoración previstos en la Base Séptima.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de actuaciones por federaciones del ámbito deportivo.

Requisitos:

a) Encontrarse inscritas, el día que se publique la presente Orden en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en la Sección Cuarta del Registro de Entidades Deportiva de Castilla-La Mancha como Federaciones Deportivas.

b) Haber llevado a cabo los procesos electorales a órganos de gobierno y representación de las Federaciones Deportivas de Castilla-La Mancha durante el año olímpico 2012.

c) Cumplir los requisitos que establece el artículo 74 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002 de 19 de noviembre.

d) Encontrarse al corriente en pagos de obligaciones por reintegro de subvenciones, de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

e) Aquellas entidades que tengan personal contratado, por cualquiera de las modalidades previstas en Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 marzo por el que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente
anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

f) No podrán concurrir en las entidades solicitantes, alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

g) Las personas físicas que ostentan la representación legal de la persona jurídica de la entidad solicitante, no podrán incurrir en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003, de 25 de noviembre, del Consejo de Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Documentos asociados

Boletín: 10/04/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 69
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento