Subvenciones a Federaciones Deportivas de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S17682/14

Norma:

Orden de 28/04/2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/05/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, un procedimiento de concesión de subvenciones a Federaciones Deportivas de Castilla-La Mancha, durante el año 2014.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individual a conceder a las entidades beneficiarias, que en ningún caso podrá ser superior a 100.000,00 euros, se modulará en función de la puntuación obtenida en los criterios de valoración y podrá alcanzar el 100 % de los gastos subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades deportivas

Detalle beneficiarios:

Las entidades que cumplan los requisitos establecidos.

Requisitos:

a) Encontrarse inscritas, el día que se publique la presente Orden en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en la Sección Cuarta del Registro de Entidades Deportivas de Castilla-La Mancha como Federaciones Deportivas.

b) Cumplir los requisitos que establece el artículo 74 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002 de 19 de noviembre.

c) Encontrarse al corriente en pagos de obligaciones por reintegro de subvenciones, de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

d) Aquellas entidades que tengan personal contratado, por cualquiera de las modalidades previstas en Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 marzo por el que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

e) No podrán concurrir en las entidades solicitantes, alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

f) Las personas físicas que ostentan la representación legal de la persona jurídica de la entidad solicitante, no podrán incurrir en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003, de 25 de noviembre, del Consejo de Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Documentos asociados

Boletín: 02/05/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 82
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento