Subvenciones a Entidades sin animo de lucro al objeto de desarrollar acciones de Fomento de Empleo dirigidas a colectivos con especiales dificultades de insercion en el mercado de trabajo para el año 2008.

Código de ayuda:

S11173/08

Norma:

Ayuntamiento de Logroño.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones que otorga el Ayuntamiento de Logroño, en el marco de sus previsiones presupuestarias a aquellos programas y acciones a desarrollar por Asociaciones y otras Entidades sin ánimo de lucro, cuyos objetivos están encaminados a favorecer la integración laboral de personas con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo.

El ámbito de aplicación territorial de estas bases será el término municipal de Logroño.
La vigencia de las subvenciones previstas en estas bases se extiende hasta el 31 de diciembre de 2008.

El presente acuerdo tiene por objeto aprobar la Convocatoria Ordinaria para la Concesión de Subvenciones a Entidades Sin Animo de Lucro al objeto de desarrollar acciones de fomento de empleo dirigidos a colectivos con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo para el año 2008, de acuerdo con lo establecido en el acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 30 de enero de 2008 por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de estas subvenciones.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Formación
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Ayuntamiento de Logroño (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de subvención que podrá solicitarse es de 36.000,00 euros por proyecto.
Los proyectos podrán ser aprobados parcialmente y por cuantía inferior a la solicitada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Se consideran destinatarios finales de las acciones y programas previstos:

a. Los colectivos de personas discapacitadas.
b. Los colectivos específicos de exclusión social.
c. Los colectivos de jóvenes sin ningún tipo de cualificación profesional.
d. Los colectivos de parados durante un año o más, y carezcan de una cualificación adecuada.
e. El colectivo de mujeres.
f. Cualquier otro colectivo para el que el solicitante pueda justificar su consideración como de difícil inserción.

No podrán ser beneficiarios de las subvenciones establecidas en estas formas las Organizaciones Sindicales y empresariales, que dispondrán de otras vías para desarrollar programas de promoción de empleo, en colaboración con el Ayuntamiento de Logroño.

Asimismo serán eliminados los proyectos que hayan solicitado financiación para este proyecto al Ayuntamiento de Logroño a través de otros programas sociales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas establecidas en la presente convocatoria se podrán conceder para acciones nuevas o de continuidad de proyectos experimentados que reúnan los siguientes fines :

a. Acciones de formación socio-profesional.
b. Acciones de orientación.
c. Acciones de inserción laboral.
d. Cualquier programa de combinación de acciones recogidas en los puntos anteriores u otras novedosas que cumplan el objetivo fijado en el artículo 1º.

Solamente serán considerados gastos subvencionables los gastos corrientes ocasionados por el proyecto.

La finalidad de las subvenciones es financiar acciones de formación, orientación e inserción laboral a desarrollar durante el año 2008 y que cumplan el objeto definido en las Bases Reguladoras.

Requisitos:

Las acciones subvencionadas se desarrollarán íntegramente en el año natural de la convocatoria con fecha de finalización máxima el 31 de diciembre. Admitiéndose los gastos ocasionados por el proyecto, desde el inicio del año, caso de haberse puesto en marcha antes de la asignación de subvenciones.

Las entidades deberán tener redactados o adaptados sus Estatutos, a la Ley del Derecho de Asociación de 22 de marzo de 2002.

Documentos asociados

Boletín: 19/02/2008
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 24
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento