Subvenciones a Entidades inscritas en el Censo de Entidades de Juventud de Navarra y otras entidades juveniles de Navarra para el desarrollo de programas en el ámbito de la juventud y la adquisición de equipamiento desde el 1 de noviembre de 2020 a 30 de septiembre de 2021.

Código de ayuda:

S53300/20

Norma:

RESOLUCIÓN 7E/2020, de 21 de septiembre. RESOLUCIÓN 2E/2021, de 25 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de noviembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 8.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a las Entidades inscritas en el Censo de Entidades de Juventud de Navarra y a otras entidades juveniles de
Navarra para el desarrollo de programas en el ámbito de la juventud y la adquisición de equipamiento desde el 1 de noviembre de 2020 a 30 de septiembre de 2021.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Instituto Navarro de la Juventud (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El porcentaje de la subvención para las Entidades será del 66,66 % del presupuesto presentado y admitido, con el límite máximo de 8.000,00 euros de subvención por cada proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

1. Las Entidades inscritas en el Censo de Entidades de Juventud de Navarra, regulado por Orden Foral 73/2002, de 18 de septiembre, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud.

2. Las entidades juveniles de Navarra que desarrollen programas en el ámbito de la juventud y que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente, en el momento de presentación de la
solicitud, siempre y cuando dicha inscripción fuera exigible conforme a la normativa vigente y:

2.1. Carezcan de fines de lucro (quedan expresamente excluidas las entidades con ánimo de lucro), no dependan económicamente o institucionalmente de entidades lucrativas.

2.2. Tengan como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas a la juventud.

2.3. Tengan el domicilio social o sede y el domicilio fiscal en la Comunidad Foral de Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actuaciones que posibiliten el acceso de la juventud a la formación y al empleo.

b) Actuaciones de educación para la salud.

c) Actuaciones de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia, el sexismo, la homofobia y la intolerancia.

d) Actuaciones que promuevan la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

e) Actuaciones que promuevan la participación solidaria de la Juventud a través del voluntariado, la educación y la cooperación al desarrollo.

f) Actuaciones que promuevan el ocio y tiempo libre saludable entre las personas jóvenes.

g) Acciones que promuevan actuaciones del movimiento asociativo juvenil en la conservación del medio ambiente y en la utilización de una nueva cultura del ocio.

h) Actuaciones que conlleven la promoción artístico‑cultural de jóvenes.

i) Acciones que promuevan la participación juvenil para el fomento de la ciudadanía activa.

j) Proyectos de ocio y tiempo libre juveniles en los que participen jóvenes en riesgo de exclusión social y/o jóvenes con discapacidad.

Documentos asociados

Boletín: 15/10/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 240
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/03/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 63
Documento: Ampliación presupuestaria Descargar Documento