Subvenciones a Entidades Locales y Consorcios Turísticos para inversiones en pequeñas infraestructuras turísticas.

Código de ayuda:

S21673/04

Norma:

Orden Foral 193/2004, de 25 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Incentivar y apoyar los esfuerzos, tanto Entidades Locales como Consorcios en su papel de promotores de la creación de infraestructuras y productos turísticos, entendiendo que la mejora de la infraestructura y oferta turística influye positivamente en la imagen que como destino turístico recibe el turista de Navarra.

Categorías Subvención

  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Cultura y Turismo - Institución Príncipe de Viana (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Subvención a fondo perdido de un 90% para la redacción de proyectos y de un 40% para las inversiones.

Este último porcentaje se podrá incrementar hasta un máximo de un 60% en las siguientes circunstancias:
a) Un 20% si en el proyecto participan al menos 2 Consorcios y 2 ayuntamientos.
b) Un 10% si en el proyecto participan cuatro o más entes locales ó un Consorcio y uno ó más ayuntamientos.
c) Un 5% del total de la inversión si el proyecto incorpora aspectos medioambientales debidamente argumentados.
d) Un 5% del total de la inversión si el proyecto observa condiciones de accesibilidad turística debidamente argumentadas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a estas ayudas:
−A las señaladas en el punto 1 las Entidades Locales y Consorcios Turísticos de Navarra.
−A las señaladas en el punto 2 las Entidades Locales.
−A las señaladas en el punto 3 las Entidades Locales y Consorcios Turísticos de Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los siguientes proyectos de inversión:
1. Inversiones asociadas a la creación o potenciación recursos y productos turísticos, y de Rutas temáticas naturales y/o culturales.
2. La adecuación y acondicionamiento interior de espacios destinados a albergar peregrinos en aquellas localidades con una población inferior a 1.000 habitantes y siempre y cuando se de la circunstancia que en la localidad y en un entorno de 5km no existan albergues de peregrinos que cuenten con un número superior a 50 plazas.
3. Redacción de proyectos asociados a una ejecución posterior en los siguientes dos años, con independencia de que la inversión necesaria sea financiada o no con fondos públicos.

Para que los proyectos de inversión sean subvencionables deben suponer una inversión mínima de 6.000 euros y no superar la cuantía de 125.000 euros, en ambos casos incluido el IVA.

Se subvencionará el coste de las inversiones realizadas, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. No obstante, no se subvencionará la parte correspondiente a este impuesto cuando el mismo pueda ser deducido por la entidad beneficiaria.
Si el proyecto de inversión en infraestructura turística se engloba dentro de un proyecto más amplio que no tiene carácter turístico, sólo se subvencionará la parte correspondiente a la infraestructura turística.

Requisitos:

Si en el proyecto participan varias entidades se designará a una de ellas como único representante ante el Gobierno de Navarra, presentando éste una única solicitud y siendo el único destinatario de la ayuda finalmente concedida.

Para proyectos participados por varios consorcios, éstos presentarán el proyecto en una única solicitud, indicando la parte de proyecto que aborda cada uno. Los beneficiarios, en este caso, de la ayuda serán cada uno de los consorcios participantes por la parte individual del proyecto asumida.

Se considerará como entidad participante aquélla cuya participación económica en el proyecto alcance un 10% del coste total del mismo.

Documentos asociados

Boletín: 30/08/2004
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 104
Documento: Convocatoria Descargar Documento