Subvenciones a Entidades Locales para la dotacion de infraestructuras basicas en la zona de la Sierra Norte de Madrid, las cuales podran ser cofinanciadas por el Fondo Europeo Agricola de Desarrollo Rural (FEADER).- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S06828/11

Norma:

ORDEN de 15 diciembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/03/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Favorecer la mejora de la calidad de vida, el mantenimiento de la población, el desarrollo de la actividad económica y del sistema productivo de la zona, mediante la dotación de infraestructuras urbanas básicas
en los núcleos de población rural y centros de actividad económica de la Sierra Norte.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda podrá ser de hasta el 100 por 100 de la inversión aceptada previo informe de los Servicios Técnicos del PAMAM. En ningún caso la cantidad concedida por municipio y año podrá superar los 80.000 euros, IVA incluido.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los 42 municipios de la Sierra Norte de Madrid relacionados en el Anexo I de la Orden. Cada Ayuntamiento solo podrá presentar una única solicitud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán subvencionables los gastos correspondientes a las actuaciones que pretendan la mejora o nueva dotación de infraestructuras básicas municipales tales como:

a) La accesibilidad y supresión de barreras físicas en vías y edificios públicos.

b) La dotación de alumbrado público.

c) La mejora o la extensión de las redes de abastecimiento de agua.

d) La mejora en las condiciones de saneamiento de las poblaciones mediante la renovación o extensión de sus redes de alcantarillado.

e) El establecimiento o la ampliación de redes de telefonía o comunicaciones.

f) Mejora o ampliación de la pavimentación de las calles.

g) Mejora de los accesos a los municipios y centros de actividad económica así como su señalización.

Requisitos:

1.- No podrán adquirir la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en esta Orden las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. Los beneficiarios de la subvención deberán cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como las especificadas en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.

3. Los beneficiarios deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social y no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad deMadrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas, debiendo acreditar dichas circunstancias en la forma prevista en los artículos 9.5, apartado i), y 12.3 de la presente Orden.

4. No podrán adquirir la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en esta Orden las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias de exclusión conforme a lo establecido en el artículo 31 del Reglamento (CE) 1975/2006, de 7 de diciembre.

5. Los beneficiarios de estas ayudas, en la medida en que pueden recibir cofinanciación del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), se encuentran obligados a respetar todas las obligaciones derivadas de la gestión de Fondos Europeos y, especialmente, a dar publicidad de la participación del FEADER en las diversas actuaciones, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente de la Unión Europea sobre actividades de información y publicidad que deben cumplir los Estados miembros, en relación con las intervenciones del FEADER.

Documentos asociados

Boletín: 11/02/2011
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 35
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento