Subvenciones a Entidades Locales, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para la contratacion de personas con discapacidad.- Convocatoria 2011.- Corrección.

Código de ayuda:

S40337/11

Norma:

RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2011. Orden EYE/361/2009, de 11 de febrero. ORDEN EYE/2079/2009, de 27 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/08/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones para Entidades Locales dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, que contraten personas con discapacidad, para el año 2011.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El límite máximo de la subvención será de 5.000 euros, por cada puesto de trabajo a jornada completa, objeto de contratación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León que lo soliciten, cumplan los requisitos y contraten temporalmente a las personas desempleadas con reconocimiento de un grado de minusvalía igual o superior al 33%, y realicen las actividades en los términos previstos en esta Resolución.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los costes salariales de las personas desempleadas contratadas para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social con reconocimiento de un grado de minusvalía igual o superior al 33%, para el año 2011.

Requisitos:

1.– No podrán ser beneficiarias las Entidades Locales en que concurra alguna de las prohibiciones que les sean aplicables de las establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A estos efectos deberán cumplimentar una declaración responsable conforme al reverso del Anexo I de solicitud.

2.– Las entidades locales solicitantes deberán acreditar que en los procesos para la provisión de puestos de trabajo se han reservado al menos el 2% de los mismos para su cobertura con personas con discapacidad (Art. 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos) conforme a lo dispuesto en la disposición adicional del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad. Dicha acreditación se realizará mediante certificación del órgano correspondiente en el modelo Anexo II de
esta Resolución de convocatoria.

Documentos asociados

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