Subvenciones a Corporaciones Locales para la recuperación del patrimonio arquitectónico agrario en la Sierra Norte.

Código de ayuda:

S06555/04

Norma:

Orden 143/2004, de 10 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/04/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Velar por la pervivencia de la cultura arquitectónica agraria serrana, favoreciendo la recuperación y protección de aquellos bienes inmuebles, de titularidad municipal, especialmente ligados a la actividad agraria y, por extensión, a la tradición rural, que por sus especiales valores culturales, históricos o constructivos constituyan o caractericen el patrimonio arquitectónico agrario de la Sierra Norte, estén o no protegidos por cualquier figura legal.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Presidencia (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda podrá ser de hasta el 95% de la inversión aceptada.
En ningún caso la cantidad concedida por Ayuntamiento y año podrá superar los 24.000 euros, IVA incluido.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamiento de las localidades de la Sierra Norte.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones de recuperación y protección del patrimonio agrario podrán contemplar al bien construido y a sus elementos, piezas y maquinarias, y podrán llevarse a cabo en el lugar donde se encuentre la instalación o bien podrán producirse traslados siempre que los mismos no impliquen riesgo de daños ni supongan una merma en el valor cultural que se pretende salvaguardar.
También podrá incluirse en el proyecto el entorno inmediato donde está colocado o vaya a trasladarse el bien objeto de petición.

Podrán ser objeto de actuación los siguientes elementos:
Antiguos potros de herrar, fraguas, batanes, fuentes con o sin pila para abrevar ganados.

Requisitos:

Dado su carácter generalmente no productivo, no es requisito imprescindible la existencia de actividad agraria o ganadera en el municipio.

Documentos asociados

Boletín: 16/03/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 64
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 09/08/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 188
Documento: Modificación Descargar Documento