Subvenciones a Corporaciones Locales destinadas a la mejora de la infraestructura y equipamiento de centros y servicios sanitarios públicos de Extremadura.- Modificación.

Código de ayuda:

S17664/05

Norma:

Decreto 103/2005, de 12 de abril. DECRETO 269/2008, de 29 de diciembre. DECRETO 185/2010, de 3 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31/12/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las subvenciones para la construcción, reforma o equipamiento de centros o servicios sanitarios de titularidad pública municipal.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Sanidad y Consumo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones se establecerá entre un mínimo de 600 euros y un máximo de 750.000 euros anuales, y se fijará atendiendo la finalidad de las mismas conforme a los criterios que determinaron su concesión en cada caso, y el coste de las mismas.
En todo caso, y a este fin, la cuantía de las subvenciones se determinará atendiendo necesariamente a los precios medios de mercado o, en su caso, según el dictamen de peritos de la Administración concedente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Construcción de centros y servicios sanitarios: Incluyéndose en estos proyectos los gastos necesarios para la construcción de centros y servicios sanitarios, con exclusión de los honorarios técnicos y los de infraestructura urbanística necesarios para la realización del proyecto.

b) Reforma de centros y servicios sanitarios: Se incluyen los gastos necesarios para la reparación, reforma, adaptación, conservación o ampliación de centros y servicios sanitarios, con exclusión de los honorarios técnicos y los de infraestructura urbanística necesarios para la realización del proyecto.

c) Equipamiento de centros y servicios sanitarios: Se incluyen los gastos de mobiliario, material clínico-instrumental o de instalaciones complementarias (climatización, protección, informática auxiliar, etc.), necesarios para una correcta atención sanitaria a la población.

Requisitos:

1. Haber acreditado y justificado en su totalidad el importe de las subvenciones anteriores percibidas para proyectos destinados a fines sanitarios.
2. Ser titulares del centro o servicio sanitario para el que se solicita la subvención, o del solar sobre el que se proyecta realizar su construcción, debiendo, en todo caso, tener disponibilidad jurídica del mismo durante, al menos, 30 años.

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 44
Documento: Bases Reguladoras 2005 y Solicitud Descargar Documento
Boletín: 19/05/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 57
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 07/01/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 3
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 23/01/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 15
Documento: Corrección de Errores y Anexo Descargar Documento
Boletín: 10/09/2010
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 175
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