Subvenciones a Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen, Indicaciones Geográficas y Producción Agraria Ecológica, así como a determinadas asociaciones o entidades sin ánimo de lucro.

Código de ayuda:

S11691/04

Norma:

Resolución de 1 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Incentivar las actuaciones de protección de las producciones agroalimentarias de calidad, sujetas a normas de obtención en las que se alcanzan adecuados niveles de protección ambiental, de los consumidores y de bienestar animal, bajo figuras reconocidas por la normativa vigente, tales como:
Denominaciones de Origen, Indicaciones Geográficas, Especialidades Tradicionales Garantizadas, Producción Agraria Ecológica y Vinos de la Tierra, apoyando a las estructuras de control de las Entidades responsables de supervisar y promocionar la utilización de los distintivos reconocidos, garantizando la autenticidad del origen y especificidad de los productos agrarios y alimenticios amparados.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Calidad

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aparte de las indicadas anteriormente, podrá llegar hasta el 100% de los gastos subvencionables, en el caso de los asesoramientos externos y la obtención de certificados de acreditación en normas de la serie 45000.

Para inversiones relacionadas con las funciones de control y ensayo, la cuantía máxima de la ayuda será del 70% de los gastos subvencionables, de acuerdo con lo siguiente:
— 70% con sistemas de control implantado en el presente año.
— 65% con 2 años de sistema de control implantado.
— 60% con 3 años de sistema de control implantado.
— 55% con 4 años de sistema de control implantado.
— 30% con 5 años de sistema de control implantado.
— 15% con 6 años de sistema de control implantado.

Esta limitación en la ayuda no se aplicará al Consejo de la Producción Agraria Ecológica, que podrá llegar hasta el 100% de los costes reales en que incurra, en controles de los métodos de producción.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Los Consejos Reguladores, entidades u organizaciones de productores cuyo ámbito de actuación sea en el territorio del Principado de Asturias

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.º—Gastos de constitución de entidades beneficiarias, incluidos los imputables al diseño, registro y defensa de los signos distintivos empleados para el reconocimiento de los productos incluidos en los sistemas comunitarios de protección; honorarios de agente de la propiedad industrial; gastos derivados de actividades de formación destinada a los usuarios de la denominación de calidad o al personal encargado de la supervisión de su utilización.
La cuantía de la ayuda podrá llegar hasta el 100% de los gastos de constitución.

2.º—Gastos administrativos y de funcionamiento, ayuda temporal y regresiva en la que se incluyen los gastos de alquiler de locales apropiados, la adquisición del material de oficina, incluidos los ordenadores y programas informáticos, costes del personal, así como los gastos generales. Se podrán tener en cuenta los gastos generados con medios propios o servicios contratados externamente.
La cuantía de la ayuda no podrá superar el 100% de los costes correspondientes durante el primer año, reduciéndose en 20 puntos porcentuales cada año de funcionamiento, de modo que en el quinto año quede limitada a un 20% de los costes efectivos de dicho año.

3.º—Gastos de acciones promocionales y publicitarias genéricas, incluyendo los facturados por agencias publicitarias y otros prestatarios de servicios implicados en la preparación y realización de las acciones de promoción, alquileres de espacios de publicidad, gastos de publicación de material, de personal externo, de locales y demás elementos necesarios para las acciones, presentaciones públicas y asistencia a ferias.
La cuantía de la ayuda podrá llegar hasta el 50% de los gastos subvencionables.

4.º—Gastos de consultoría externa facturados por las empresas que realicen los estudios o asesoren la implantación de las normas europeas de la serie 45000. Cantidades abonadas a organismos de acreditación reconocidos, adquisición o contratación de medios destinados a la realización de controles, equipos informáticos o de comunicación, mobiliarios, aparatos e instrumental de laboratorio y sala de cata, elementos para recogida de muestras, etc.

Requisitos:

Que carezcan de ánimo de lucro teniendo entre sus cometidos y actuaciones fundamentales la defensa, promoción y la mejora de la calidad de los productos agrarios y alimenticios, incluidos en los sistemas comunitarios de protección existentes.

Documentos asociados

Boletín: 26/04/2004
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 96
Documento: Convocatoria Descargar Documento